Política

La familia enterrará a Franco en la catedral de la Almudena si el Gobierno lo exhuma del Valle de los Caídos

La tumba de Franco en la basílica del Valle de los Caídos.

La tumba de Franco en la basílica del Valle de los Caídos.

Los nietos del dictador Francisco Franco han presentado un escrito de alegaciones oponiéndose a la exhumación de su abuelo del Valle de los Caídos que planea el Gobierno de Pedro Sánchez. En las alegaciones presentadas al Real Decreto del Gobierno, aprobado el Congreso de los Diputados, a las que ha tenido acceso El Independiente, Francisco Franco Martínez-Bordiú advierte de que en "el hipotético caso de que fueran desestimadas las alegaciones", y la Administración llevara a cabo "la exhumación de los restos mortales de su abuelo, el Generalísimo Franco", la familia ya ha elegido cuál sería el destino del féretro: "la Cripta de la Catedral de la Almudena de Madrid".

La familia del dictador, fallecido el 20 de noviembre de 1975, reclama en sus alegaciones al Gobierno que de llegar a exhumarse se les entregue de forma inmediata el féretro con su cadáver en la propia Basílica del Valle de los Caídos, para poder honrarlo con los oficios religiosos pertinentes y, a continuación de las "honras fúnebres", puedan proceder a darle "cristiana sepultura" en la catedral madrileña, donde también está enterrada Carmen Franco, hija del dictador.

En el escrito de alegaciones que la familia Franco ha registrado en el Ministerio de Justicia para oponerse a la exhumación de su abuelo, al que denominan "anterior Jefe del Estado", plantean hasta doce motivos que, a su juicio, justificarían la paralización de la exhumación.

Los 11 motivos que alegan de los nietos de Franco

  1. "Inconstitucional": los nietos del dictador consideran que la exhumación de Franco por Real Decreto "constituye una gravísima extralimitación del poder ejecutivo", ya que según sus abogados "debería ser objeto de tramitación parlamentaria plena, lo que no solo afecta a los intereses particulares de la familia de Francisco Franco, sino al interés general de todos los ciudadanos"
  2. "Vulneración del derecho fundamental a la intimidad personal y familiar". Según la familia, sacar a Franco de su tumba del Valle de los Caídos se trataría "de la imposición forzosa por parte del Estado de una exhumación no consentida por los titulares del derecho fundamental".
  3. "Violación del derecho fundamental a la libertad religiosa". Alegan en su escrito al ministerio de Justicia que la exhumación atenta contra "el derecho a recibir una sepultura digna", ya que "se infringe por la exhumación por motivos ideológicos ajenos a cualquier justificación por motivo de orden público".
  4.  "Falta de jurisdicción de la Administración del Estado sobre la Basílica de la Santa Cruz del Valle de los Caídos que, como lugar de culto, tiene garantizada su inviolabilidad en virtud de los Acuerdos de 3 de enero de 1979 firmados entre el Reino de España y la Santa Sede.
  5. "Invasión de competencias transferidas a la Comunidad Autónoma de Madrid relativas a la sanidad mortuoria".
  6. "Invasión ilegal de las facultades exclusivas de la familia para autorizar la exhumación del cadáver embalsamado del anterior Jefe de Estado".
  7. "Infringir el principio de igualdad ante la ley reconocido en el artículo 14 de la vigente Constitución".
  8. Según la familia, el decreto del Gobierno "no ha tenido en cuenta el hecho de que existen muchos otros enterramientos en el Valle de los Caídos de personas que no fallecieron a consecuencia de la guerra civil española (entre ellos numerosos monjes benedictinos que allí yacen enterrados)".
  9. "Indeterminación del hecho jurídico determinante de la exhumación". El alegato denuncia que no queda aclarado "qué se entiende por personas fallecidas como consecuencia de la Guerra Civil". Y lo califica de "absolutamente sorprendente teniendo en cuenta que es precisamente tal hecho jurídico el que determina que un cadáver deba ser exhumado incluso en contra de la voluntad de sus familiares".
  10. Los abogados de Franco también alegan que se vulneran "frontalmente los principios de tipicidad (inexistencia de infracción tipificada) e irretroactividad (aplicación de la pena a personas inhumadas con anterioridad) ".
  11. "Existencia del delito de profanación del artículo 526 del Código Penal ", que no puede ser vulnerado por un decreto ley. "Esas condiciones son derechos irrenunciables e inalienables de los allegados del difunto, no pudiendo el Estado, ni ninguna Administración pública establecer un baremo objetivo de dignidad y respeto"

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