La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo deberá decidir en las próximas semanas si abre causa contra Dolores Delgado, después de la querella que se ha presentado este lunes contra ella por incluir "patentes y graves falsedades" en un informe emitido durante su etapa como fiscal. Ese documento fue clave para que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz decretara el sobreseimiento de las actuaciones que se seguían contra un empresario gallego por la presunta comisión de delitos de apropiación indebida y administración desleal derivados de una inversión fallida en Guatemala.

La acción penal contra la hoy ministra de Justicia la dirige Francisco Pérez Camacho, un profesional especialista en reestructuraciones empresariales ya jubilado que representaba los intereses de una sociedad participada por su mujer e hijos en el holding constituido con el empresario querellado (Luis Castro Valdivia) para el desarrollo de proyectos de energías alternativas en Centroamérica. El querellante acusa a Delgado y a la también fiscal Ana Noé Sebastián de prevaricación, falsedad en documento público y de incumplir el precepto constitucional que consagra que todos los españoles son iguales ante la ley.

El núcleo de la acusación es el informe que la actual titular de Justicia (con el número 682/2015) emitió el 14 de marzo de 2017 en el marco de las diligencias previas que se seguían en la Audiencia Nacional contra Castro Valdivia, accionista mayoritario a través de Ecoener SL de la empresa constituida para implantar un proyecto hidráulico en el río Cunín (Guatemala). Esa compañía se llamaba Hidroeléctrica Guatemalteca SL (HG) y tenía como socios minoritarios a Eduardo Serra y Asociados SL y a Reorientaciones e Inversiones Estratégicas SL, sociedad ésta participada por los citados familiares de Pérez Camacho y promotora de la causa contra el empresario gallego que la Audiencia Nacional archivó provisionalmente.

El querellante acusa a la hoy ministra de Justicia y a la también fiscal Ana Noé de falsedad en documento público y prevaricación

El querellante destaca la implicación del ex presidente de Guatemala Otto Pérez Molina con uno de los proyectos que pretendía desarrollar Luis Castro en Guatemala y recuerda que Dolores Delgado tuvo que dar explicaciones el pasado mes de octubre en el Congreso tras verse salpicada por uno de los negocios privados desarrollados por el comisario jubilado José Manuel Villarejo mientras ejercía como agente encubierto de la Policía Nacional: las gestiones para evitar la extradición del empresario español Ángel Pérez-Maura, quien habría pagado unos 30 millones de euros a Pérez Molina a cambio de que se adjudicara a su empresa la gestión del puerto de Quetzal.

Pérez Camacho sostiene que Dolores Delgado y la fiscal Noé Sebastián incurrieron en "falsedades esenciales y graves, inventadas, burdas y carentes de lógica" en los escritos con los que, pese a no ser las representantes del Ministerio Público asignadas al caso, pidieron el sobreseimiento de las actuaciones contra Luis Castro y el director de sus servicios jurídicos y consejero delegado en Centroamérica: Fernando Rodríguez Alfonso. Tampoco pasa por alto que el informe de Delgado se encabezara y terminara con la expresión 'el fiscal' y no 'la fiscal', lo que le lleva a formular una pregunta en voz alta: "¿Puso la querellada fiscal, y ahora ministra de Justicia, su firma en documento ajeno o lo hizo así porque no era partidaria de lo que con tanta energía y profusión argumentativa promueve la ministra de Igualdad y vicepresidenta del Gobierno del que la fiscal Dolores Delgado  forma parte?".

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Entre las "falsedades denunciadas", Pérez Camacho combate la afirmación de que Reorientaciones e Inversiones Estratégicas fuera la accionista mayoritaria de Hidroeléctrica Guatemalteca, lo que podría llevar a deducir que conocía la existencia de las sociedades filiales constituidas posteriormente en Guatemala y que era consciente de las opciones de éxito o fracaso del negocio. A este respecto, Pérez Camacho recuerda que fue Ecoener la que ostentó el paquete mayoritario (77,5 %) hasta su liquidación en 2015 y que la querellante en aquel procedimiento tan sólo tenía el 11,25 %, idéntico capital social que Eduardo Serra y Asociados.

"Todo ello consta probado en las diligencias con profusión, además de haber sido aceptado pacíficamente por los querellados en sus respectivas declaraciones y ratificado en el informe pericial encargado por ellos mismos, así como reiteradamente afirmado por los letrados de ambas partes y puesto de manifiesto en su declaración por ambos testigos referenciales", expone.

Los informes de las fiscales fueron clave para que el juez archivara una causa contra el socio de la familia del querellante por apropiación indebida

El querellante también denuncia la "inventada afirmación" de Delgado de que Reorientaciones e Inversiones Estratégicas era accionista a partes iguales de Ecoener en dos filiales guatemaltecas -Desarrollos Panamericanos e Hidroeléctrica de Santa Eulalia- que se crearon para desarrollar una minicentral hidráulica en el río Cunín. Según razona Pérez Camacho, Hidroeléctrica Guatemalteca era titular al 99% de Desarrollos Panamericanos, que a su vez ostentaba el 99 % en Hidroeléctrica de Santa Eulalia.

"No hubo cambios en la titularidad de dichas sociedades guatemaltecas filiales directa e indirecta de HG hasta junio de 2014 cuando los títulos de propiedad de dichas sociedades fueron vendidos en 'subasta pública', de la que levantó actas el abogado-notario Víctor Hugo Ma Villatoro", añade. Éste es "subordinado" del empresario en otra sociedad: Hidro Santa Cruz, promotora de una central hidroeléctrica en un salto de agua del río Canbalán en Santa Cruz de Barillas que tuvo una gran contestación por parte de la población local por tratarse de un lugar sagrado para la comunidad indígena.

Pérez Camacho y el precedente del 'caso ERE'

La acusación ejercida por Francisco Pérez Camacho llevó en 2015 al Tribunal Supremo a condenar un ejecutivo y a dos antiguos sindicalistas por desviar ayudas que la Junta de Andalucía había concedido en 1990 para financiar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), precedente de la macrocausa cuya investigación inició la juez Mercedes Alaya y que se sigue instruyendo casi ocho años después.

Los hechos tienen su origen en 1986, cuando la empresa sevillana Industrias Subsidiarias de Aviación (ISA) entró en una crisis que desembocó en la declaración de suspensión de pagos con acuerdo de liquidación. En ejecución del mandato del Parlamento autonómico, la Junta constituyó Industria Sevillana de Automoción (ISA-2) a fin de mantener la actividad industrial y gestionar la liquidación ordenada de la sociedad en crisis, para lo que contrató a Pérez Camacho por su experiencia en reconversiones industriales.

Tanto la Audiencia de Sevilla como el Supremo han considerado probado que un ejecutivo y dos sindicalistas se apropiaron de 906.757 euros procedentes de subvenciones concedidas por la Junta y el Gobierno para el pago de prejubilaciones a trabajadores de una empresa en crisis, obligando a los condenados a devolver 3,7 millones de euros. El querellante ha cedido los derechos de cobro de la sentencia a una fundación para que se investiguen las razones del fracaso industrial en Andalucía.

También considera "manifiestamente falsa" la afirmación contenida en los escritos de las fiscales respecto a que las citadas filiales guatemaltecas fueron liquidadas. Pérez Camacho detalla que los títulos de dichas sociedades se vendieron en una supuesta subasta pública "por el ridículo precio de 1.000 dólares", a pesar de que en el balance societario se les asignaba un valor de 550.978 euros.

Liquidación de la matriz... en España

"Lo que sí se liquidó fue la sociedad española HG, precisamente porque el socio mayoritario Ecoener así lo decidió en una junta de accionistas supuestamente celebrada el 24 de marzo de 2014, a la que asistió arteramente en solitario, justificando su decisión en que no se podía cumplir el objeto mercantil porque había protestas sociales contra el proyecto mini hidráulico de su 'filial en última instancia HSE', cuya ubicación prevista era en el río Cunín del municipio de Santa Eulalia. Nada menos que a 10.000 kilómetros de distancia de La Coruña, lugar de ubicación de la sede social de la sociedad matriz HG que era urgente disolver y liquidar", argumenta.

Todo ello lleva a Pérez Camacho a afirmar que las fiscales faltaron a la verdad en sus informes al incluir en ellos "patentes y graves falsedades, ausentes de referencia y apoyo documental concreto y, en algún caso, contrarias a la lógica más elemental que hasta un profano en la materia sabría percibir".

El querellante también censura la afirmación de Noé de que el negocio emprendido "fracasó" y de que en ningún caso fue provocado "deliberadamente". En este sentido, Pérez Camacho asegura que si la inversión fue fallida fue porque lo abandonaron "voluntariamente" Luis Castro y su hombre de confianza en Centroamérica "antes de iniciarse", al haber renunciado al permiso obtenido para lograr otro que no tuvo eficacia al no haberse publicado en el plazo de un mes en un diario nacional.

El querellante dice que Delgado informó pese a no ser la asignada al caso y que encabezó su escrito como 'el fiscal', sugiriendo que pudo firmar por otro

En este contexto, asegura que, de los 560.000 euros que constituían los fondos de la socierdad española HG, los socios minoritarios aportaron 550.000 euros y que ese dinero se trasladó a Guatemala. "Cuando menos, 443.503 euros fueron transferidos por Luis Castro a la sociedad guatemalteca Ecoener Ingeniería", denuncia.

En su informe, Dolores Delgado rebatía que los hechos hubieran ocurrido como narraba Reorientaciones e Inversiones Estratégicas en su querella y sostenía que la inversión falló "por causas del mercado y geopolíticos". "Lo que la late en la querella es algo distinto al concepto penal: es la no aceptación de una pérdida en un mercado variable, donde las energías renovables y no renovables requieren de grandes inversiones que no siempre llegan al fin de conseguir el beneficio apetecido, sino muy al contrario, una pérdida económica clara y palmaria", defendió la hoy ministra.

"Peculiar interpretación"

En paralelo, el querellante también se considera víctima de discriminación y trato desigual por parte de Delgado y Noé por la "peculiar interpretación" que hicieron de la declaración del testigo Eduardo Serra -ex ministro de Defensa con José María Aznar- por ser una persona "de especial y destacada relevancia social y política".

En este sentido, Pérez Camacho reprocha que las representantes del Ministerio Público sostengan que lo que dice la fuente secundaria (Serra) es verdadero porque a aquél se lo dijo la fuente primaria (Pérez Camacho, como representante de las dos empresas minoritarias en HG). "Pero esa misma fuente primaria carece de credibilidad cuando afirma y prueba que lo ocurrido en Guatemala es  todo lo contrario de lo que las querelladas fiscales dan por verdadero. Y, para no tener que rebatir su testimonio y justificar tal contradicción, convierten al testigo en querellante, 'apelante' y 'querellado', y lo descalifican y desacreditan afirmando que era una persona problemática con los clientes de Eduardo Serra y Asociados", agrega.

Un testigo 'convertido' en querellante

Para Pérez Camacho, ese cambio de condición procesal de testigo a querellante "permitió argumentar y dar por cierto en sus informes a las  fiscales querelladas lo que quisieron interpretar de lo que una personalidad política y social relevante dijo, sin pruebas y de manera inconexa y contradictoria, mezclando y confundiendo atemporalmente hechos y sujetos". Y añade: "Desacreditando a 'Francisco', allí testigo como él, pero remitiéndose a 'Francisco' para saber lo que afirmaba".

Entre las diligencias a practicar, el querellante pide que se deduzca testimonio de las diligencias instruidas por el Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional -sobreseídas provisionalmente tras los informes del Ministerio Público- y que el instructor cite a las querelladas y al ex ministro Eduardo Serra, a éste en calidad de testigo.