El presidente de la Asamblea de Madrid, Juan Trinidad, ha convocado el pleno de investidura para el día 10 de julio sin proponer un candidato, una posibilidad que recoge el nuevo reglamento de la Cámara autonómica.

Tras la ronda de contactos con las formaciones políticas, que ha tenido lugar este lunes y martes, y a pesar de que tanto la candidata del PP, Isabel Díaz Ayuso, como el del PSOE, Ángel Gabilondo, se habían postulado, Trinidad ha entendido que ninguna candidatura reúne los apoyos suficientes.

Así, se convocara la sesión de investidura y en ella se dará cuenta al Pleno de la imposibilidad de proponer un candidato abriéndose un turno de intervención de diez minutos por grupo parlamentario para explicar su posición. Constatado que ningún candidato habría obtenido la confianza de la Cámara autonómica comenzará a computarse el plazo de dos meses previsto para convocar nuevas elecciones.

Ayuso sólo tiene garantizados los síes de su partido mientras que Gabilondo no dispone de una mayoría simple

Tras reunirse con el presidente de la Asamblea, la dirigente popular ha defendido su candidatura ante los medios de comunicación porque la opción del PP "es la que tiene prácticamente todas las posibilidades de salir adelante frente a la del PSOE, que concita más rechazos". Instantes después, el candidato socialista mostraba su disposición a ser investido porque su partido "tiene 64 votos y la señora Isabel Díaz Ayuso, no".

En concreto, Gabilondo cuenta con el apoyo de los 20 diputados de Más Madrid y los 7 de Unidas Podemos, que junto con los 37 del PSOE sumarían 64. Por su parte, el PP (30), Ciudadanos (26) y Vox (12) llegarían a una mayoría absoluta en contra de Gabilondo, pero Ayuso sólo tiene garantizados, por el momento, los síes de su partido.

Para que salga adelante la investidura de un candidato es necesaria la mayoría absoluta en la primera votación y, de no conseguirlo, mayoría simple en la segunda, es decir, más votos a favor que en contra, algo que Gabilondo tampoco tiene asegurado.

Cabe la posibilidad de que antes de la celebración del pleno se proclame un candidato si alguno de ellos traslada al presidente de la Asamblea que está en disposición de obtener una mayoría suficiente para poder ser investido.