Los nietos de Franco han pedido ahora al Consejo de Ministros que no consume la exhumación de su abuelo hasta que "no se pronuncie" el Tribunal Constitucional (TC), al que piden que suspenda la ejecución de la sentencia por la que el Supremo autoriza al Ejecutivo en funciones a acceder a la basílica del Valle de los Caídos.

Carmen, María de la O, María del Mar, José Cristóbal, María Aránzazu, Jaime Felipe y Francisco Franco Martínez-Bordiú han presentado un recurso de amparo con el que se oponen a que los restos abandonen la sepultura que ocupan desde hace casi 44 años en Cuelgamuros y su reinhumación en el cementerio madrileño de El Pardo-Mingorrubio. Se trata de uno de los últimos cartuchos que tiene la familia después de que el Alto Tribunal haya avalado el proyecto del Gobierno de Pedro Sánchez.

En paralelo, el abogado de los Franco (Luis Felipe Utrera-Molina) ha presentado un escrito ante el Consejo de Ministros comunicando la interposición del recurso de amparo y solicitándole que "se abstenga" de adoptar cualquier decisión relativa a la exhumación. No parece que esta petición vaya a ser atendida, dado que la vicepresidenta del Gobierno en funciones, Carmen Calvo, ha dado a entender este jueves que el traslado será inminente al haber despejado ya el Supremo todos los obstáculos.

Los familiares acuden al Constitucional al considerar que se vulnera el principio de igualdad en la aplicación de la ley, al no haber puesto en marcha el Ministerio de Justicia ningún otro expediente administrativo para exhumar los restos de las otras 192 personas que no cumplen la condición establecida por el Ejecutivo para que puedan estar enterrados en Cuelgamuros.

El decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros el 24 de agosto con el que modificó la Ley de Memoria Histórica para dar cobertura legal al traslado de Franco establece que "sólo podrán yacer en el Valle de los Caídos los restos mortales de personas que fallecieron a causa de la Guerra Civil". Junto a Franco, fallecido en 1975, hay otras 192 personas -entre ellas una veintena de monjes benedictinos- que no cumplen tampoco este requisito.

Los Franco mantienen, frente al criterio del Supremo, que el poder de disposición de los restos corresponde "en exclusiva" a la familia

Citando doctrina del propio Tribunal Constitucional, los descendientes del dictador recuerdan que la aplicación no simultánea de una norma puede conculcar el principio de igualdad en la aplicación de la ley cuando los criterios para aplicarla de forma "preferente" a unas personas respecto a otras "no sean objetivos ni razonables" y sí "discriminatorios".

Es por ello por lo que la familia del dictador pide a la Sala que plantee ante el pleno del TC una "cuestión de interna de constitucionalidad", por tratarse el decreto-ley con el que el gabinete de Pedro Sánchez modificó la Ley de Memoria Histórica de "una disposición singular o de caso único".

También consideran vulnerado el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar por haber vetado el Ejecutivo -en una decisión avalada por el Tribunal Supremo- la Catedral de la Almudena como lugar para la reinhumación del cuerpo embalsamado. Los nietos interpretan que el poder de disposición de los restos corresponde "en exclusiva" a la familia, no concurriendo causas -alegan- que justifiquen esa indisposición.

"Motivos de orden público"

"Dichos criterios para limitar el derecho de disposición de los restos no se dan en este caso, en los que el Gobierno alega presuntos motivos de orden público y el riesgo de que la citada Cripta, por su carácter 'emblemático', pudiera convertirse en lugar de exaltación o enaltecimiento del franquismo, algo que únicamente está vedado por la legislación española en el recinto del Valle de los Caídos", exponen.

Igualmente, los descendientes consideran que el plazo de 15 días que les otorgó el Consejo de Ministros para designar un emplazamiento alternativo a La Almudena para la reinhumación del cuerpo "no se puede entender precluido", al haber paralizado la ejecución el Tribunal Supremo el 4 de junio con la suspensión cautelar -ya levantada- de la exhumación. En su opinión, ello cercena sus derechos a la intimidad personal y familiar y a la tutela judicial efectiva.

Por todo ello, los Franco solicitan que de forma cautelarísima se suspendan tanto los acuerdos del Consejo de Ministros -de 15 de febrero y 15 de marzo- como la sentencia con la que el Tribunal Supremo ha avalado la exhumación del dictador, dado que se les causaría un "daño irreparable" si el traslado se consuma antes de que se pronuncie el Tribunal Constitucional y haría que el recurso de amparo perdiera finalidad.