Política

La Fiscalía del Tribunal Supremo investigará al Rey emérito por el AVE a La Meca

Designa a un equipo de tres fiscales de alta "cualificación y experiencia" dirigidos por el Fiscal de Sala de Delitos Económicos, Juan Ignacio Campos, dada la "trascendencia institucional de esta investigación"

Rey Juan Carlos I

Rey Juan Carlos I

La Fiscalía del Tribunal Supremo considera preciso realizar diligencias de investigación que afectan directamente a Juan Carlos de Borbón, rey emérito, dentro de la investigación por las presuntas comisiones cobradas por el AVE a La Meca. El Ministerio Público ha designado al experto penalista Juan Ignacio Campos y a otros tres fiscales de la más alta "cualificación y experiencia" para valorar si los hechos que afectan al rey emérito después de junio de 2014, momento que perdió si inviolabilidad por su abdicación, son constitutivos de delito.

La investigación la comenzó la Fiscalía Anticorrupción tras la confesión de Corinna Larsen, la amiga íntima del rey, al comisario investigado y en prisión preventiva José Manuel Villarejo sobre las presuntas irregularidades que pudieron cometer empresarios españoles, y el propio don Juan Carlos, en la adjudicación del contrato de ampliación de la construcción del AVE a La Meca.

A raíz de la publicación en El Español y Okdiario del audio de una conversación entre Larssen y Villarejo que éste grabó, y en la que la empresaria alemana afirmó que Juan Carlos de Borbón cobró una comisión millonaria por mediar en la adjudicación a empresas españolas de la Fase II de la construcción de la línea del llamado «AVE del desierto», se abrió una pieza de investigación, la quinta del caso Villarejo en la Audiencia Nacional, que pronto se archivó precisamente por gozar Juan Carlos I de inviolabilidad como jefe del Estado en el momento de los hechos investigados, según pidió Anticorrupción y acordó el juez Diego de Egea.

Sin embargo, Anticorrupción continuó investigando las presuntas comisiones en las que Juan Carlos de Borbón habría utilizado a su amiga íntima Larssen como testaferro, según su versión, y los hechos delictivos que podían afectar a otras personas. Paralelamente, la Fiscalía suiza abrió una investigación el verano de 2018 sobre dos fundaciones offshore titulares de cuentas en bancos suizos y de las que Juan Carlos I es beneficiario. En una de ellas, Lucum, según las confesiones de Corinna y la investigación del fiscal Yves Bertossa, el rey emérito recibió 100 millones de dólares del rey saudí Adbul Aziz Al Saud.

Tras publicar el diario The Telegraph que el rey Felipe VI es el segundo beneficiario de dicha fundación, a nombre de la que se habrían depositado los 100 millones de dólares del rey saudí, la Casa Real emitió un comunicado histórico en el que el rey marcó distancias con su padre. Le retiró la asignación anual de 190.000 euros que recibía de la Casa Real y renunció a la herencia que pudiera corresponderle de dicha fundación, algo que, legalmente, no podrá hacer.

Delitos fiscales que no prescriben

A principios de marzo, cuando se supo que el fiscal suizo Bertossa ya había intercambiado documentación que afectaba al rey Emérito con la Fiscalía Anticorrupción española y el juez de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, éste designó como abogado a Javier Sánchez-Junco, experto penalista, ex fiscal Anticorrupción y también defensor de Javier López Madrid, yerno del fundador de OHL Juan Manuel Villar Mir, para representarle ante las situaciones procesales que se le puedan abrir tanto en España como en el extranjero.

Juan Carlos I justificó a su círculo más cercano, según pudo saber El Independiente, que la creación de fundaciones offshore y la entrega de cantidades millonarias es una "práctica habitual" entre reyes árabes.

Expertos en Derecho fiscal y tributario explicaron a este diario que el rey emérito pudo incurrir en delitos penados con hasta seis años de prisión y que el horizonte judicial en el Supremo podría ir por la vía del delito fiscal y de blanqueo, si es que la Sala Segunda, ante la que está aforado, abre una investigación contra él.

Según aclararon, un presunto delito fiscal podría mantenerse en el tiempo si éste no declaró beneficios de más de 120.000 euros anuales de sus offshore después de 2014, cuando ya no era inviolable.

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