El Servicio de Clasificación de la Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima de la Conselleria de Justicia de la Generalitat ha concedido el tercer grado, el de semilibertad, a los nueve líderes independentistas condenados por el Tribunal Supremo por el proceso soberanista.

Según ha informado este martes la Conselleria liderada por Ester Capella, el equipo del Servicio de Clasificación ratifica la propuesta de las juntas de tratamiento de las cárceles de Lledoners, en Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona), Puig de les Basses, en Figueres (Girona), y en la de Mujeres de Barcelona (Wad-Ras) del pasado 2 de julio.

Con este nuevo grado, el ex vicepresidente Oriol Junqueras, los ex consellers Jordi Turull, Josep Rull, Quim Forn, Dolors Bassa y Raül Romeva, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, el expresidente de la ANC Jordi Sànchez y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, tendrán que ir a dormir a la cárcel entre semana y podrán salir durante el día y estar en casa el fin de semana.

Un recurso de Fiscalía ante el Supremo lo suspendería

Si la Fiscalía recurre el tercer grado ante la Sala Segunda del Supremo, como avanzó El Independiente, el recurso implicaría la suspensión automática de la semilibertad hasta que el tribunal sentenciador resuelva el recurso.

La Generalitat acaba de ratificar la propuesta de semilibertad de las cárceles catalanas y ahora la decisión ejecutiva se comunicará al Ministerio Fiscal, que deberá reunir la información para recurrir la decisión si lo ve oportuno.

Un primer recurso debería dirigirlo la Fiscalía de Cataluña (la de Gerona en el caso de Dolors Bassa y la de Barcelona para los demás) a los respectivos Juzgados de Vigilancia Penitenciaria. En este caso, la presentación del recurso no suspende la decisión ejecutiva de la Generalitat de Cataluña, aunque existe un acuerdo al que se llegó en las jornadas de fiscales en el que se reflejó que sí debería hacerlo, trasladaron fuentes del Ministerio Público a este diario.

Suspensión por tratarse de delitos graves

En caso de que los jueces de vigilancia penitenciaria no revoquen el tercer grado, como ha venido ocurriendo hasta ahora, habría una segunda posibilidad de recurso de apelación que ya se dirigiría al tribunal sentenciador, en este caso el Tribunal Supremo. Y en este punto sí suspendería el tercer grado nada más presentarse. La Fiscalía del Supremo tiene previsto presentar este recurso, según informaron fuentes del organismo.

Esta suspensión automática se daría porque los líderes del procés fueron condenados por un delito grave castigado con penas de más de cinco años de prisión (la sedición en concurso medial con la malversación).

Así lo refleja el apartado 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que dice: «Cuando la resolución objeto del recurso de apelación se refiera a materia de clasificación de penados o concesión de la libertad condicional y pueda dar lugar a la excarcelación del interno, siempre y cuando se trate de condenados por delitos graves, el recurso tendrá efecto suspensivo que impedirá la puesta en libertad del condenado hasta la resolución del recurso o, en su caso, hasta que la Audiencia Provincial o la Audiencia Nacional se haya pronunciado sobre la suspensión».

Por lo tanto, en el momento de la presentación del recurso los condenados volverían del tercer grado -que les permitirá volver a prisión sólo para dormir- al segundo grado con la aplicación del artículo 100.2, por el que salen de la cárcel a realizar su trabajo, labores de voluntariado o a cuidar de familiares dependientes varios días por semana. Algunos, como el líder de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, todos los días salvo el fin de semana. Además, puesto que ha cumplido un cuarto de la condena igual que Jordi Sánchez, también ha recibido permisos puntuales para salir de prisión varios días.