Con la promesa de "no dejar a nadie atrás" el Consejo de Ministros ha aprobado este martes más medidas económicas de carácter social para proteger a colectivos vulnerables.

El alquiler ha sido una de las obsesiones de los actores sociales desde que empezó la crisis sanitaria del coronavirus. Para paliar el impacto económico en los inquilinos más vulnerables, el Gobierno ha aprobado una prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual así como una moratoria de deuda arrendaticia para las personas "en situación de vulnerabilidad económica". Además, pone en marcha un programa de microcréditos a través del ICO para que los inquilinos puedan pagar las rentas. De no poder hacerlo en un periodo de entre 6 y 10 años, el Estado se hará cargo de esas deudas, tal como ha explicado Pablo Iglesias, vicepresidente de Derechos Sociales, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

A estas medidas relativas al alquiler se podrán acoger personas en paro, que hayan sido víctimas de un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) ya sea de suspensión de empleo o de reducción de jornada, así como autónomos que hayan reducido drásticamente su facturación.

La aplicación de esta moratoria será automática en el caso de grandes tenedores o empresas y entidades públicas de vivienda y es que el Ejecutivo ha querido diferenciar a los arrendadores particulares de los grandes propietarios. La norma se podrá aplicar o con una reducción de la renta del 50% o con un aplazamiento de ésta y su reestructuración en 3 años. El Gobierno también paraliza los desahucios para personas vulnerables "sin alternativa habitacional".

Según Iglesias, medio millón de familias podrían beneficiarse de estos cambios. En materia de vivienda, el Gobierno ha ampliado la moratoria de las hipotecas a tres meses y ha incluido a los locales y oficinas de autónomos. Además, se han simplificado los criterios de vulnerabilidad para que más personas puedan acceder a este tipo de medidas. En esta línea, el Ejecutivo ha anunciado la moratoria del pago de créditos al consumo para colectivos vulnerables.

El subsidio para trabajadores con contratos temporales será de unos 430 euros

Desempleo para contratos temporales

El Ejecutivo también había hablado de proteger a las personas cuyos contratos temporales finalizaban durante el estado de alarma. Para estos trabajadores, se ha aprobado un subsidio por desempleo en el que no se tendrá en cuenta la cotización necesaria, igual que en el caso de los ERTE. Este subsidio corresponderá al 80% del IPREM, unos 430 euros, y se aplicará a los trabajadores cuyos contratos hayan finalizado tras el estado de alarma.

De la misma forma, se garantizará un subsidio extraordinario por falta de actividad a las empleadas del hogar si han visto reducido o cesado su trabajo a causa del coronavirus. La cuantía tendrá en cuenta su base reguladora y no podrá ser superior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Moratoria para autónomos y pymes

Aunque los autónomos consideran que "llega tarde", el Gobierno también ha incluido en este nuevo paquete de medidas a este colectivo, así como a las pymes. Se ha aprobado una concesión de forma excepcional de moratorias en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha explicado en una nota de prensa que los autónomos y empresas podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas que se deben pagar en el mes de abril a un interés reducido del 0,5%, interés siete veces inferior al que normalmente se establece.

Para acceder a estos aplazamientos, debe tratarse de empresas o autónomos afectados desde y por la situación provocada por el COVID-19. Por ello las empresas y trabajadores que se beneficien de este tipo de aplazamientos no pueden tener otro aplazamiento en vigor anterior.

Se debe solicitar antes del transcurso de los diez primeros días naturales del mes de abril, para evitar la facturación de la cuota. Además, para facilitar su tramitación, la empresa o el autónomo que actúe a través de un profesional o de un tercero (graduados, gestores, abogados y demás autorizados del Sistema RED), podrá tramitarlo a través del mismo sin necesidad de ningún tipo de apoderamiento específico para ello.

La moratoria no será de aplicación para las empresas que hayan sido exoneradas de pagar cotizaciones sociales por sus trabajadores afectados por ERTE por fuerza mayor

Por otro lado se ha dado luz verde a una moratoria a empresas y autónomos de hasta seis meses para el pago de las obligaciones con la Seguridad Social. De esta forma, podrán demorar su pago sin intereses ni recargos de las cotizaciones que deban efectuarse en los meses de mayo, junio y julio. Estas cuotas se deberán abonar seis meses después. Los requisitos para poder solicitar esta moratoria se establecerán a través de una Orden Ministerial.

La moratoria no será de aplicación para las empresas que hayan sido exoneradas de pagar cotizaciones sociales por sus trabajadores afectados por ERTE por fuerza mayor a causa del coronavirus. Además las empresas y autónomos que pudieran no tener derecho a la moratoria también podrán solicitar el aplazamiento antes mencionado al 0,5% durante los periodos de pago de mayo y junio.

Por otra parte, para los trabajadores por cuenta propia que vieran su actividad suspendida con motivo de la entrada en vigor del decreto de alarma y se les reconociera el derecho al cese de actividad desde el mes de marzo, se han eliminado los recargos que pudieran corresponder por el retraso en el pago de las cuotas generadas hasta el día de dicho reconocimiento. Para cubrir el resto de los días de marzo, estos trabajadores pueden pedir la prestación extraordinaria por cese de actividad aprobada hace dos semanas, que incluye, además del pago de una prestación mínima de 661 euros al mes, la exención en el pago de las cotizaciones sociales.

Suministros

En las medidas se contempla que los autónomos y las pymes afectados por el parón de actividad puedan reducir parte de sus costes fijos, especialmente los ligados a suministros esenciales. Autónomos y pequeñas empresas podrán suspender el pago de sus facturas de electricidad y de gas natural, o los suministros de butano o propano, y pagarlas de manera prorrateada durante los seis meses posteriores a la finalización del estado de alarma.

Del mismo modo, pymes y autónomos también podrán beneficiarse de una flexibilización de contratación de electricidad y gas, y podrán modificar o suspender temporalmente sus contratos sin penalización, incluyendo la posibilidad de reducir la potencia y caudales contratados. Una vez concluido el estado de alarma, se les vuelve a permitir una nueva modificación sin coste ni penalización para ajustarse a la vuelta a la actividad normal.

Planes de pensiones

Además de las medidas para estos colectivos, el Ejecutivo también ha aprobado cambios con respecto a los planes de pensiones. Así, en caso de ERTE, cese de actividad o si los titulares son propietarios de establecimientos cuya apertura al público se ha suspendido, se podrá disponer de los planes de pensiones aunque con algunas limitaciones.

Los importes de los derechos consolidados disponibles no podrán ser superiores a los salarios dejados de percibir durante el ERTE, a los ingresos perdidos por el cierre de los establecimientos o el cese de actividad, según indica el borrador de la medida. La ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, ha explicado que la medida busca "contribuir a aliviar las necesidades de liquidez de los hogares". 

El Ejecutivo ha aprobado, además, que en el caso de viajes combinados cancelados, los clientes podrán disponer de un bono a utilizar en un año; de no emplearse, se procederá a la devolución del dinero abonado.