"La empresa Tous está comercializando piezas de joyería rellenas de un material no metálico incumpliendo lo dispuesto en la legislación vigente. Se intuye que la finalidad de esta práctica es abaratar costes en la fabricación de piezas de metales preciosos manteniendo el peso y la apariencia de una pieza sólida, compuesta únicamente por metal precioso".

Después de varios meses de pesquisas, ésta es la conclusión a la que llegó la Guardia Civil de Córdoba tras la denuncia que había recibido a finales de 2018. Y es el criterio que mantiene indiciariamente tanto el fiscal de Córdoba como la Fiscalía de la Audiencia Nacional, lo que ha llevado al juez Santiago Pedraz a abrir un procedimiento penal que está suponiendo la mayor crisis reputacional en la centenaria historia de la firma catalana que tiene en el oso su emblema desde hace 35 años.

El Ministerio Público ha ido más allá que los propios denunciantes -la asociación de consumidores y usuarios de joyería Consujoya- y, a la posible comisión de los delitos de estafa continuada, falsedad documental y publicidad engañosa, ha añadido un cuarto: corrupción en los negocios.

Frente a la tesis acusatoria, la compañía defiende que "todas" las joyas que comercializa cumplen la legislación española y todos los estándares mundiales de certificación de metales preciosos de primera ley. A la espera del rumbo que tome la instrucción que acaba de iniciar el juez Pedraz, tanto Tous como el laboratorio que certifica sus piezas (una división del grupo Applus Services SA) tienen la condición procesal de investigados en la causa y ya han tenido que comparecer en sede judicial.

  • Cuándo arranca la investigación. Las pesquisas arrancaron a raíz de la denuncia que, el 14 de diciembre de 2018, Consujoya presentó ante la unidad orgánica de Policía Judicial de la Comandancia de la Guardia Civil de Córdoba tras detectar que piezas que Tous publicitaba como de plata de primera ley poseían en su interior un material no metálico. Era la conclusión que habían puesto de manifiesto en sus informes tanto la empresa Ensayos y Contraste de Metales Preciosos de Andalucía SLU (Ecomep) como el Instituto de Nanoquímica (IUNAN) de la Universidad de Córdoba, en los que se cuestiona abiertamente que la marca cumpla la legislación específica. Después de practicar diversas diligencias, la Guardia Civil puso los hechos en conocimiento de la Fiscalía de Córdoba al entender que las conductas investigadas podían tener "encuadrarse en diferentes tipos penales". Y, a finales de 2019, el fiscal cordobés elevó la investigación a la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que a las 12.11 horas del pasado 12 de diciembre presentó formalmente denuncia. El caso ha recaído por reparto en el Juzgado Central de Instrucción 1, a cuyo frente se haya el magistrado Santiago Pedraz. Sin ordenar previamente ninguna otra diligencia de investigación, el instructor acordó al día siguiente citar a declarar en calidad de imputados a representantes de Tous y Applus Laboratories, que comparecieron este miércoles.
  • Cuál es la base de la acusación. Tanto los denunciantes iniciales (Consujoya), como la Guardia Civil, como la Fiscalía entienden que se ha podido producir una vulneración de la normativa sobre objetos fabricados con metales preciosos, una actividad regulada por una ley promulgada en 1985 y un reglamento de desarrollo aprobado tres años después. La cuestión esencial que debe aclarar la instrucción es si, con la norma vigente, se puede comercializar en España como de plata de primera ley piezas que tienen en su interior un relleno no metálico. En su artículo 39, el citado reglamento establece: "La composición de los objetos fabricados será la misma para todas las partes de cada objeto con la excepción, en su caso, de las soldaduras. La 'ley' será uniforme en todo el cuerpo del mismo o, en cualquier caso, superior a la mínima admitida como oficial, con la misma salvedad anterior". Entre las excepciones que establece esta misma norma al uso de material no metálico (unir piezas de metales industriales a otras de metales preciosos, rellenar fondos de vasijas, candelabros o similares y mangos de cubertería) no sólo no se incluye este tipo de piezas de joyería sino que lo prohíbe de forma expresa. "Los materiales no metálicos no deberán colorearse ni recubrise para darles la apariencia de metales preciosos", detalla el artículo 55.2.
  • Cómo se defiende Tous. La compañía catalana ha reconocido que algunas de las joyas que vende -de plata, no de oro- pueden "incorporar núcleos no metálicos que ayuden a conferir estabilidad a la pieza" pero manteniendo "siempre la primera ley". En concreto, Tous ha explicado que desde 1996 emplea una técnica denominada electroforming, que, mediante electro-deposición, le permite crear "piezas de mayores volúmenes a la vez que ligeras y sin soldaduras, ofreciendo así una mayor gama y variedad de productos a los consumidores". La empresa asegura que esta tecnología está "avalada por todos los órganos técnicos de la Administración Pública" y que está "expresamente permitida por ley, sin citar en qué norma concreta está regulada. Dado que la técnica se desarrolló en los años noventa, ni en la ley ni en el reglamento hay una sola mención al electroforming.
  • Qué dice el sector de la joyería. El miércoles, a la vez que los representantes de Tous y Applus respondían al interrogatorio del fiscal en la Audiencia Nacional, la Asociación Española de Joyeros, Plateros y Relojeros -lobby gremial que agrupa a unas 3.800 empresas del sector- emitió un comunicado en el que salía abiertamente en defensa de la firma catalana al asegurar que la legislación española permite la fabricación de objetos con metales preciosos con los rellenos bajo sospecha. "La práctica de relleno de piezas de joyería no implica fraude ni manipulación, es una técnica propia de fabricación que permite ofrecer al consumidor joyas con más diseño a un precio más asequible", sostuvo. El colectivo asegura que el hecho de que se utilice ese relleno no implica que la joya no pueda ser de plata de primera ley, al tiempo que asegura que el electroforming es una tecnología "común, normal y habitual" que permite a los fabricantes y distribuidores españoles ser "competitivos" en el exterior. Frente a esta interpretación, el Gremio de Joyeros, Plateros y Relojeros de Madrid ha difundido una declaración institucional este viernes en la que dejan claro que "en ningún momento" han apoyado la tesis de Tous y que, cuando se fabrican piezas con rellenos, éstos se eliminan porque ningún laboratorio certificaría una alhaja que tuviera un componente no metálico en su interior. El colectivo ha reconocido que existe una "alta preocupación" en el sector por la "desconfianza" que el caso Tous "está generando" en los clientes.
  • Quién contrasta la piezas de Tous. La denuncia presentada por Consujoya se dirige también contra Applus Laboratories, la división de la multinacional Applus Services que ha contrastado las piezas de Tous que la asociación de consumidores y usuarios de joyería llevó a analizar para conocer la composición. El análisis de la calidad del metal y su certificación es un requisito obligatorio. De acuerdo con la información que obra en poder de la Dirección General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera -adscrita al Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalitat-, el laboratorio certificó a Tous 4.022.055 piezas de plata en 2018. La división Applus Laboratories depende de LGAI Technological Center SA, una de las empresas que integran el grupo Applus Services. Como informó El Independiente, la Generalitat de Cataluña es accionista de una de las filiales de este conglomerado empresarial, concretamente de Idiada Automotive Technology SA. 
  • ¿Plata 'de primera ley'? Tous asegura que, pese a utilizar "núcleos no metálicos" en parte de sus joyas, todas sus piezas de oro y plata "son siempre de primera ley". Los análisis realizados por Ensayos y Contraste de Metales Preciosos de Andalucía SLU y el Instituto de Nanoquímica de la Universidad de Córdoba a instancias de Consujoya han revelado que las piezas alcanzaban un porcentaje de plata inferior al valor mínimo que fija la ley (925 milésimas o 92,5 %) para que la joya pueda comercializarse como de 'primera ley'. Esos informes sustentan la denuncia interpuesta hace más de un año ante la Guardia Civil.
  • El "daño reputacional" para Tous. El fabricante catalán asegura que la difusión de noticias acerca de la investigación judicial le ha generado ya "un daño a nivel reputacional" -según declaraciones de la vicepresidenta corporativa (Rosa Tous) a la cadena de televisión Cuatro- y ve una "campaña de desprestigio" tras la denuncia. La marca de joyería y accesorios cerró el ejercicio de 2018 con una facturación de 466 millones de euros (un 4,5 % más), contando con más de 700 tiendas repartidas en medio centenar de países.