La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de la Abogacテュa del Estado contra la resoluciテウn del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que obligテウ al Ejecutivo a dar informaciテウn sobre los viajes privados realizados en medios oficiales por el presidente del Gobierno, Pedro Sテ。nchez.

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La reclamaciテウn afecta a los viajes comprendidos entre el 1 de enero y el 20 de mayo de 2019. El Ejecutivo recurriテウ el dictamen del Consejo de Transparenciacon dos argumentos: la falta de registros sobre los medios de transporte utilizados por el presidente del Gobierno en cada uno de sus desplazamientos y las razones de seguridad.

Ahora, en una sentencia fechada el 18 de noviembre a la que ha tenido acceso Efe este lunes, el Juzgado Central Contencioso-Administrativo nテコmero 2 ha fallado en contra de los intereses del Ejecutivo y ha ratificado la decisiテウn del Consejo de Transparencia, que daba diez dテュas al Gobierno para facilitar a la periodista la informaciテウn. No obstante, la sentencia aテコn es recurrible.

La Audiencia expone que se trata de una solicitud de informaciテウn de la que la Presidencia del Gobierno "deberテュa disponer, que a lo sumo habrテ。 de ordenar para facilitテ。rsela a la interesada, consultando las fuentes en que consten los desplazamientos del Presidente del Gobierno, en los medios aテゥreos y periodo indicados, discriminando entre los de naturaleza oficial y privada".

Si no se hubieran producido desplazamientos privados del presidente, se deberテ。 indicar de forma expresa, aテアade la sentencia.

Para el Juzgado, "cuesta entender que Presidencia del Gobierno carezca de informaciテウn sobre los desplazamientos privados del Presidente del Gobierno en medios aテゥreos oficiales, cuya existencia no niega, y que desconozca cuテ。l sea la Administraciテウn que disponga de ella". 

Sobre todo, porque no se estテ。 solicitando un listado completo de todos los desplazamientos del presidente del Gobierno durante mテ。s de cuatro meses y medio, "sino solo de los que reテコnan las caracterテュsticas indicadas en la peticiテウn, durante el mismo periodo, destacadamente que se realicen por motivos privados".

En cuanto a las razones de seguridad, responde la Audiencia que no se ha solicitado informaciテウn sobre los datos de desarrollo de un dispositivo de seguridad en concreto.

A su juicio, "la informaciテウn no puede implicar ningテコn perjuicio a la seguridad del Estado o a la integridad de la autoridad que se desplaza, teniendo en cuenta que se trata de hechos ya acaecidos, que no se trata de una informaciテウn clasificada y, finalmente, que los desplazamientos son de conocimiento pテコblico en la mayorテュa de las ocasiones, dada su cobertura mediテ。tica".

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