El descontrol, o el control por parte de instancias superiores a los mandos más altos de la Policía Nacional, de la condición especial de la que disfrutó el comisario José Manuel Villarejo en el Cuerpo sigue siendo la piedra angular del caso Tándem de la Audiencia Nacional, que ha arrastrado ya a algunas de las principales empresas del Ibex 35 investigadas como personas jurídicas.

La Fiscalía Anticorrupción estaría dispuesta a pedir al juez Manuel García Castellón que investigue como cooperadores de un delito de cohecho a los mandos policiales que ratifiquen, si es que lo hacen, haber dado permiso al comisario para realizar trabajos de espionaje a través de su empresa Cenyt mientras estaba en activo en la Policía, trasladan fuentes fiscales a El Independiente. Él sostiene que siempre tuvo el permiso de sus superiores para mantener su negocio privado a la vez que estaba en activo puesto que trabajaba como un agente encubierto y sus labores tenían interés para el Estado. Los investigadores lo descartan. Ven claro que lo hizo para "su propio enriquecimiento".

Este jueves, el juez dio la condición de investigadas por presuntos delitos de cohecho y revelación de secretos a Repsol y CaixaBank, que se suman a BBVA por contratar a la empresa del comisario Villarejo para que elaborase informes de la competencia con acceso, según la investigación, a bases de datos policiales y por tanto secretos así como a la interceptación de tráficos de llamadas.

Cenyt no tenía autorización

Villarejo habría realizado estos seguimientos, por los que cobró millones de euros, antes de jubilarse como policía. De ahí el presunto delito de cohecho. Las compañías investigadas defienden que no tenían conocimiento de ello y que contrataron a Cenyt para labores de seguridad privada, como empresa de detectives.

Sin embargo, en el auto de imputación de Repsol y CaixaBank, el instructor destaca que "ninguna de las mercantiles del Grupo Cenyt estuvo nunca legalmente habilitada para ejercer actividades de seguridad privada, tal y como se ha podido tener conocimiento en la pieza 29 de las presentes diligencias previas".

Las declaraciones de los DAO

El juez Manuel García Castellón ya citó como testigos, a petición de los fiscales Anticorrupción, a los tres responsables de la Dirección Adjunta Operativa (DAO) de la Policía Agustín Linares Molina, Pedro Díaz-Pintado y Eugenio Pino que firmaron tres cartas pocos meses después de la detención de Villarejo en las que respaldaron su doble condición. Los dos primeros matizaron el contenido de esas cartas en sede judicial. El primero, que tras salir de la Policía trabajó como jefe de Seguridad en la compañía Dico, sostuvo haber contratado a la empresa Cenyt sin saber que era de Villarejo. El segundo, DAO entre 1986 y 1994, reconoció saber que el comisario tenía negocios privados, pero aseguró que ni el Ministerio del Interior ni la Policía se sirvieron de ellos o utilizaron la información conseguida por el comisario a través de Cenyt.

Estas versiones se contradicen con la de Villarejo, que en la macrocausa abierta contra él en el Juzgado Central de Instrucción 6 ha alegado que "su actividad privada (en la empresa Cenyt) estaba amparada por sus mandos policiales y era conocida por los responsables políticos de la seguridad del Estado desde que en el año 1993 se incorporó desde la excedencia voluntaria a prestar servicio activo en el Cuerpo Nacional de Policía, con el empleo de Inspector Jefe y destino en la Comisaría General de Información".

"Controlado por todos y por ninguno"

El único que habló de las condiciones especiales en las que Villarejo compaginaba su condición de policía con su negocio privado fue el DAO también investigado en el caso Tándem Eugenio Pino. "Es un señor que no estaba controlado ni por el DAO, ni por el presidente del Gobierno, ni por el CNI, ni por el secretario de Estado. Lo controlaban todos y ninguno", afirmó, así como dijo gráficamente que tenía "la Policía como un queso gruyere". Una declaración que dejó al instructor perplejo, describiendo la situación de "absolutamente escandalosa".

Algunos investigados en la causa se han valido de la argumentación de la doble condición permitida que sostiene Villarejo para tratar de eludir una acusación por cohecho. Repsol y CaixaBank, según los informes internos entregados al juez, irán por la línea de haber sido engañados por el comisario, defendiendo que no conocían su condición policial. Pero esa explicación no convence al magistrado.

"Las dos entidades justifican la contratación de José Manuel Villarejo Pérez en la convicción de que se trataba de un funcionario en excedencia (...) Este instructor entiende que la falta de comprobación alguna sobre el servicio activo como funcionario público del Sr. Villarejo constituye otra omisión que requiere una explicación por parte de las dos personas jurídicas. En este sentido, ambos entes tenían al frente de sus servicios de Seguridad a dos personas procedentes del Cuerpo Nacional de Policía; Miguel Ángel Fernández Rancaño, responsable de Seguridad de CaixaBank figuraba en segunda actividad en la fecha de los hechos, mientras que Rafael Araujo Bernabé, responsable de Seguridad de Repsol, se encontraba en excedencia voluntaria. Pese a que ninguno de los dos se encontraba en activo, ambos debían conocer que el escalafón de los miembros del Cuerpo Nacional de Policía se publica anualmente mediante su inserción en la Orden General de la Dirección General de la Policía, cuya consulta resulta fácilmente accesible por cualquier funcionario de Policía", reprochó el instructor en el auto de este jueves.

"Pues bien, tal y como obra en autos José Manuel Villarejo Pérez figuró durante todo el tiempo en que tuvieron lugar los hechos en la relación escalafonal del Cuerpo Nacional de Policía hasta el año 2016. La falta de diligencia debida en la verificación de este extremo; el carácter de funcionario en activo del Sr. Villarejo, supone una omisión relevante en el deber de diligencia debida de las entidades con incidencia en el resultado delictivo investigado y exige, cuanto menos, que las entidades responsables expliquen en sede judicial por qué pudo producirse esta situación", emplaza el juez a los representantes de ambas compañías cotizadas.