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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no admite el recurso de los agresores de Alsasua

Una manifestación en apoyo a los acusados por la agresión del 15 de octubre de 2016 en Alsasua.

Una manifestación en apoyo a los acusados por la agresión del 15 de octubre de 2016 en Alsasua. EFE

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no ha admitido a trámite la denuncia interpuesta por los jóvenes condenados por la agresión a dos guardias civiles en Alsasua en octubre de 2015. El anunció lo ha hecho uno de los propios condenados, Iñaki Abad, quien a través de las redes sociales ha asegurado que frente al "desamparo de todas las instituciones judiciales queda una sociedad que lo ha entendido perfectamente". Ha añadido que "pese a perder en el TEDDH, seguiremos denunciándolo siempre. Fin de la historia".

Con esta decisión culmina el recorrido judicial del caso que las familias de los condenados confiaban en que permitiera constatar lo que consideran que fueron numerosas irregularidades y vulneraciones de derechos para los condenados. Las defensas habían solicitado el amparo del tribunal europeo al que instaban a posicionarse sobre la posible condena desproporcionada que se les impuso a los ocho jóvenes condenados o incluso si el proceso judicial se produjo sin la necesaria imparcialidad y por tanto fue un juicio injusto. El Tribunal no entra a valorar la demanda al no admitirla ni siquiera a trámite.

Una de las abogadas de los condenados, Amaia Izko, también se ha referido a la decisión del Tribunal de Estrasburgo. Ha asegurado que "Es una pena, teníamos la esperanza de que el Tribunal de Estrasburgo estudiaría esta causa. Es una pena que no sea así, pero esto no resta valor a la lectura y a la reflexión que ha realizado la sociedad sobre estas irregularidades y a las conclusiones a las que ha llegado", ha asegurado en declaraciones a Euskadi Irratia.

Actualmente todos los condenados están en semilibertad. Los dos últimos la obtuvieron en noviembre de 2020. En octubre de 2019 el Tribunal Supremo rebajó las condenas impuestas inicialmente por la Audiencia Nacional a los ocho jóvenes condenados. De este modo, las redujo a condenas de entre un año y 9 años y medio. En algunos casos fueron rebajas significativas, que en una primera instancia se situaron entre los 2 y 13 años.

Todos en semilibertad

La razón de la disminución de las penas se produjo al eliminar el agravante de discriminación y el de abuso de superioridad en el caso del delito de atentado a la autoridad. A dos de los acusados se les retiró la condena por un delito de lesiones por falta de pruebas. El TS mantuvo en cambio las condenas por los delitos más graves como el de atentado contra agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas.

La pena más levada fue para para Oihan Arnanz, de 9 años y seis meses, que en primera instancia había sido condenado por la Audiencia Nacional a 13 años de cárcel. Tras él, los condenados Jokin Unamuno y Adur Ramírez de Alda, que si en primera instancia fueron condenados a 12 años de prisión ahora el Tribunal Supremo les rebaja la pena a 8 años y seis meses de cárcel.

El cuarto condenado con pena más elevada es Jon Ander Cob, que vio rebajada su pena de nueve a siete años y medio. Es la misma reducción que se aplicó a Julen Goikoetxea, -de 9 a 7 años y medio-. Los dos condenados a los que se les aplica una mayor rebaja fueron Aratz Urizola e Iñaki Abad. En el primer caso pasó de 9 años de prisión a 4 años y dos meses y en el segundo, de seis años -pena que ya fue rebajada en apelación en la Audiencia Nacional desde los 10 impuesto inicialmente- a tres años y medio, según establece de modo firme ahora el TS.

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