España

La rebaja del delito de malversación podría librar de la cárcel a Griñán

La jurisprudencia del Constitucional sitúa en los cinco años la frontera para diferenciar entre las penas graves y las menos graves | El expresidente andaluz se encuentra a la espera de que la Audiencia de Sevilla confirme o no su entrada en prisión en aplicación de la sentencia de los ERE

El ex presidente andaluz José Antonio Griñán,

El ex presidente andaluz José Antonio Griñán EP

La rebaja del delito de malversación que también está planteando el Gobierno tras anunciar que reemplazará el delito de sedición por otro de desorden público agravado beneficiaría indirectamente al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años de cárcel y 15 de inhabilitación por este delito.

Precisamente el expresidente andaluz, que fue condenado en la sentencia de los ERE -las ayudas públicas al empleo de la Junta andaluza que se repartieron con "palmaria ilegalidad", como confirmó el Tribunal Supremo- se encuentra a la espera de que la Audiencia de Sevilla confirme o no su entrada en prisión en aplicación de la sentencia firme.

Su defensa ha presentado un incidente de nulidad contra la sentencia de la Sala Segunda ante el Tribunal Supremo en el que apunta a vulneración de derechos fundamentales y, una vez éste sea resuelto, ha avanzado que se dirigirá también al Tribunal Constitucional. Considera que no debe ingresar en la cárcel porque hay motivos para que el Alto Tribunal le ampare en el futuro. La Fiscalía Anticorrupción ha insistido en que no se debe suspender la pena de prisión.

Pero, con el anuncio de la rebaja de las penas para el delito de sedición se abre una posibilidad bastante probable de que Griñán no entre en la cárcel puesto que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sitúa en los cinco años de prisión el límite para suspender o no una condena.

En distintas resoluciones, el tribunal de garantías tiene como "criterio prioritario" la gravedad de la condena a la hora de valorar la petición de la suspensión de la ejecución de la sentencia. En éstas, se ha ido adoptando como "directriz inicial" la "frontera" de los cinco años de prisión, "que es la que le sirve al legislador penal para diferenciar entre las penas graves y las menos graves", según distintos autos respondiendo a ejecuciones de suspensión revisados por la agencia Efe.

En el momento en que el Congreso sacara adelante una reforma que contemple rebajas de las penas del delito de malversación por debajo de los cinco años, el ex dirigente andaluz tendrá abierta la puerta a no entrar en prisión hasta que el Constitucional se pronuncie sobre su caso, sin necesidad de que el Gobierno le conceda el indulto.

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