Cuando a un político lo citan a declarar como investigado –lo que antes se llamaba estar imputado–, ya no dimite. Hace lo contrario: se planta. Dice que confía en la justicia, que es inocente mientras no se demuestre lo contrario, que no piensa marcharse por una causa que, asegura, acabará archivada. Y desde ese momento pelea el proceso con uñas y dientes.

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No se defiende con las armas de la política –dar explicaciones, asumir el coste, irse si el cargo ha quedado tocado–, sino con las del acusado: la presunción de inocencia, el abogado, el recurso. Ha decidido que la única pregunta que cuenta es si cometió un delito. Lo demás –si fue negligente, si mintió, si estaba al mando de algo que salió mal– se esfuma. En esa maniobra hay una confusión, y es la que sostiene todo lo que sigue: hemos empezado a medir la responsabilidad política con la vara de la penal.

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Hubo un tiempo en que bastaba decir “no estoy imputado”. Ya no: la imputación llega pronto, porque casi ninguna investigación avanza sin señalar a alguien. Así que la frontera se ha ido moviendo. Primero era “no dimito mientras no me imputen”. Luego, “mientras no me procesen”. Luego, “mientras no haya juicio”. Luego, “mientras no haya condena”. Y al final, “mientras la condena no sea firme”. Cada paso atrás sube el listón, y convierte en normal lo que antes bastaba para caer.

Conviene detenerse aquí, porque hay una objeción seria y merece espacio antes de seguir. Si toda imputación obligara a dimitir, bastaría una querella débil para tumbar a un adversario, y en un país ya judicializado eso premiaría la denuncia estratégica. Precisamente por eso la responsabilidad política no puede depender mecánicamente de la imputación. Debe atender a otra cosa: la gravedad del hecho, su relación con el cargo, la credibilidad de las explicaciones, el daño causado a la institución. No se trata de que todo investigado se vaya, sino de que exista un lugar donde pesar esas cosas sin esperar al juez.

Gobernar no es un derecho fundamental del gobernante, es una confianza recibida, y la confianza puede romperse antes de que haya delito

Y hay que decir algo más, porque el argumento es fácil de caricaturizar. La presunción de inocencia es sagrada en el proceso penal: nadie debería perder su libertad, su patrimonio o su honor jurídico sin prueba. Pero gobernar no es un derecho fundamental del gobernante. Es una confianza recibida, y la confianza puede romperse antes de que haya delito. La presunción de inocencia protege frente al castigo penal; no fue pensada para decidir quién sigue mandando.

El problema es que ese lugar donde pesar las cosas no llegó a construirse. No es que en 1978 se le negara: la Constitución previó control parlamentario –preguntas, interpelaciones, comisiones, reprobaciones–, pero quedó mal rematado. Había instrumentos, y muy pocos capaces de convertir la censura política en una consecuencia real; lo que empezó siendo un armazón endeble acabó vaciado por la disciplina de partido. No llegó a existir, en suma, como regla firme. Hubo dimisiones, hubo gestos, hubo momentos de pudor institucional, sobre todo en los primeros años; pero nunca cuajó una cultura estable de responsabilidad política por debajo del delito.

Se entiende por qué. Quienes escribieron la Constitución trabajaban con un miedo encima: el recuerdo de una República desgobernada hasta romperse. Prefirieron, con razón, un Gobierno firme a uno fácil de tumbar; levantaron una fortaleza para que los gobiernos no cayeran. Y una fortaleza es igual de difícil de asaltar tenga dentro a un inocente o a un culpable.

Mírese cómo funciona por dentro. Para apartar a un ministro, el Parlamento no tiene una herramienta directa y eficaz. Puede reprobarlo, puede desgastarlo, puede convertirlo en un problema; pero la reprobación no obliga a nada, y la decisión de cesarlo queda entera en manos del presidente del Gobierno. Si el presidente decide sostenerlo, a la Cámara solo le resta la herramienta extrema: derribar al Gobierno entero mediante una moción de censura que, además, exige presentar en el acto un presidente alternativo con mayoría. O todo, o nada. Y como casi nunca se dan las condiciones para el todo, lo normal es la nada.

Lo demás encaja. Las comisiones de investigación no atan a nadie y acaban en el titular del día siguiente. Las listas cerradas hacen que el diputado le deba el escaño al partido, no al votante: en las urnas no se castiga a una persona, solo a una lista entera. Es verdad que, a la larga, las urnas pasan factura, y un partido muy manchado acaba pagándolo; pero castigan tarde, en bloque, mezclando asuntos distintos, y nunca la conducta concreta cuando aún importaba. Y está el aforamiento, que nació como garantía y no como privilegio: el problema no es tanto la institución en sí como su extensión y su efecto simbólico. Como al cargo lo juzga el Tribunal Supremo, cada causa sube a lo más alto de la justicia, se politiza y se convierte en batalla nacional.

El resultado es un país donde casi todo acaba saliendo por la misma puerta: la vía judicial. Lo que debería ventilarse en política –si alguien fue torpe, si tapó algo, si mandaba cuando ocurrió el desastre– no encuentra salida y termina en un tribunal. Y ocurre en las dos direcciones. La oposición, sin una herramienta política eficaz para apartar a un rival, presenta una querella: el juzgado es su moción de censura. El poder, que no teme un coste político, se envuelve en la presunción de inocencia y espera. Justicia usada como política y política resuelta en los juzgados son la misma herida por sus dos lados.

Alguien objetará que los jueces invaden la política en todas partes, y es cierto: de Washington a Varsovia, cada vez más disputas terminan ante un tribunal. Pero esa marea sube en todo el mundo y no en todas partes anega la casa. Donde funcionan los canales políticos, casi todo se salda por ahí y al juez le llega el resto; aquí, sin apenas otro canal, le llega todo. El problema no es la marea, sino que no hemos levantado el dique que la contenga.

Hace un siglo, Max Weber lo dijo con sencillez: gobernar de verdad es responder por lo que pasa, se haya querido o no. Cuando solo queda la causa penal, esa idea se encoge hasta volverse pura letra de la ley: si no es delito, no debo nada.

Pudo hacerse de otro modo, y basta mirar fuera. En el Reino Unido esa responsabilidad vive más en la costumbre que en la ley: está recogida en códigos y convenciones –el Ministerial Code entre ellos–, pero su fuerza no viene de una sanción penal, sino de una expectativa política. Si algo grave ocurre bajo tu mando, respondes. Lord Carrington dimitió en 1982, a los pocos días de que Argentina invadiera las Malvinas, y no lo hizo porque hubiera cometido un delito ni porque se le atribuyera una culpa personal directa –hubo, de hecho, críticas por no haber previsto la invasión–: dimitió porque el desastre había ocurrido bajo su responsabilidad política. No es que a los británicos les sobre virtud: en los últimos años más de un primer ministro se agarró al cargo hasta que su propio partido lo echó, y la costumbre aguantó a duras penas. Pero incluso maltrecha, allí existe una norma que se puede incumplir con escándalo. Aquí no hay siquiera norma que incumplir.

Adónde lleva el otro camino lo enseña Italia. Cuando un sistema pierde la capacidad de limpiarse solo, el hueco lo ocupan los jueces. En 1992, Mani Pulite aceleró el derrumbe de buena parte del sistema de partidos de la posguerra –no ella sola: había crisis económica, agotamiento de los partidos, el fin de la Guerra Fría–. Lo que vino después no fue una política más limpia: fue Berlusconi, y el descrédito a la vez de la política y de los jueces. Cuando son los tribunales los que rehacen el sistema de partidos, no lo limpian: lo sustituyen, y se llevan por delante su propio prestigio.

Por eso el final no es pedir una reforma –cerrar esto con una receta tendría algo de indecente–, sino decir qué se pierde. Una democracia donde la única forma de pedir cuentas es la penal ha dejado su conciencia en manos de los tribunales: le ha encargado al Código Penal una decisión que es política, la de qué es intolerable. Y el reparto de culpas es más fino de lo que parece. La Constitución de 1978 protegió al Gobierno de la caída fácil, y en su momento acertó. Lo que vino después olvidó construir lo otro: una manera de exigir cuentas sin tener que esperar al juez. Porque la presunción de inocencia protege frente al castigo penal; la responsabilidad política mide algo distinto: si alguien conserva la confianza para seguir mandando. Confundirlas no es un fallo técnico. Es haber dejado sin construir la parte del autogobierno que no cabe en un Código Penal.