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Mesa Congreso presos independentistas suspensión funciones

Las tesis de Calvo se imponen a las de Batet: suspender a los presos compete al Congreso

La vicepresidenta defendía la actuación automática en virtud del Reglamento pero la dirigente catalana optó por remitir al TS

Sánchez felicita a Batet en presencia de Calvo.

Sánchez felicita a Batet en presencia de Calvo. EFE

Dos profesoras de Derecho Constitucional, militantes del mismo partido y hasta hace tres días compañeras del Gobierno, pero con distinta opinión sobre qué hacer con los cuatro diputados que  se fueron a dormir al a cárcel de Soto del Real tras la constitución del Congreso el miércoles. La vicepresidenta del Congreso, Carmen Calvo, lleva toda la semana defendiendo la suspensión automática de los parlamentarios independentistas que se encuentran en prisión preventiva mientras se les juzga por el procès. Desde el martes, día de la sesión constitutiva, hasta la mañana de ayer en un acto en Málaga, la vicepresidenta ha insistido en que la suspensión en sus funciones como diputados de Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Jordi Sánchez es "obvia" y casi automática.

"La suspensión es obvia, evidente, está claramente contemplado en el reglamento del Congreso", aseguró el martes en la Ser Carmen Calvo, que este miércoles ha insistido en sus tesis: "El Reglamento del Congreso tiene una previsión clara ante situaciones procesales como la de los políticos catalanes presos".

Frente a estos argumentos, que coinciden con las del PP, Cs, Vox y buena parte de la dirigencia territorial del PSOE en plena campaña electoral, Meritxell Batet se ha alineado con la doctrina del PSC y el precedente de los diputados presos en el Parlament catalán. Allí fue el juez Pablo Llarena quien decretó que debían ser suspendidos en funciones. A partir de ese mandato, un informe jurídico estableció la fórmula de esa suspensión: con delegación del voto para no alterar las mayorías parlamentarias y con la posibilidad de recuperar sus funciones si resultaban absueltos.

En el caso del Congreso, el Tribunal Supremo se ha negado a interferir en el funcionamiento del poder legislativo y el pasado 19 de mayo dejó en manos del Parlamento la decisión de suspender de forma cautelar a los diputados presos. Es decir: no ha pedido su suspensión, como en el caso catalán, sino simplemente ha pedido al Congreso que actúe. En un auto que rechazó la excarcelación de los independentistas y la petición del suplicatorio a las Cámaras para poder continuar con la celebración del juicio, el Alto Tribunal acordó “remitir testimonio de la resolución, por conducto del presidente del Tribunal Supremo a la presidenta del Congreso y el presidente del Senado a los efectos procedentes”. Es decir, para que tomara la decisión de suspender a los diputados presos sobre la base de esos preceptos jurídicos.

No obstante, tras su nombramiento, Batet desatendió ese requerimiento y optó por volver a pedir directrices al Tribunal Supremo, intentando forzar un pronunciamiento como el del juez Llarena. Después de su primera reunión con el Rey Felipe VI para informarle de la constitución de la Cámara, la dirigente catalana explicó que había solicitado un informe al Tribunal Supremo porque se trataba de una decisión que corresponde “en exclusiva” al “poder judicial”, y no al legislativo. Sin consultar al resto de miembros de la Mesa, el órgano de gobierno de la Cámara, Batet hizo un último intento para que fuera el Supremo, y no la Mesa del Congreso que ella preside, quien actuara.

“El auto del Supremo se refería sólo a la sesión constitutiva y he considerado adecuado conocer la situación para toda la legislatura. Esta presidencia consideró que es su obligación hacer esa consulta y lo hice en cuanto tomé posesión del cargo”, justificó la presidenta de la Cámara. "La función jurisdiccional en este caso pertenece en exclusiva al poder judicial, competente para enjuiciar esas conductas”, insistió, para explicar por qué había optado por “no tomar ninguna decisión sobre el fondo de la cuestión, sino remitirlo y solicitar más información” al poder judicial.

Esa petición ha causado malestar en el Tribunal. En primer lugar porque la Sala Segunda del TS “no es un órgano consultivo del Congreso” y, en segundo, porque la solicitud de la presidenta de la Cámara se ha producido cuando todavía los propios letrados del Parlamento –es decir, el cuerpo de expertos juristas de las Cortes- aún no ha emitido un informe sobre la cuestión. Con ese mar de fondo, los siete magistrados que juzgan a los promotores del desafío independentista en Cataluña insistieron ayer en que es el Parlamento quien debe asumir la ‘inhabilitación de facto’ de los presos.

"La pretensión es que la Mesa de este viernes esté en condiciones, si el informe así lo permite, de tomar esa decisión. Ese es el objetivo”, se resignó ayer Batet, que ha solicitado un informe jurídico a la Secretaría General de la Cámara Baja sobre la suspensión de los presos antes de que la Mesa se reúna hoy otra vez para tomar una decisión.

Este jueves, desde Málaga, Calvo ha insistido en esta opción. Ha asegurado que "es obvio" que los parlamentarios están en prisión preventiva y que "el reglamento del Congreso tiene una previsión clara acerca de cuando un diputado está en una situación procesal como ésta".

Preguntada por los periodistas sobre por qué no se aplica un reglamento tan claro, la vicepresidenta del Gobierno ha respondido que ella no tiene que aplicarlo, sino que a ella le tocará "responder por las responsabilidades del Ejecutivo". "Imagínese que yo, como vicepresidenta del Ejecutivo, le estuviera diciendo ahora a la presidenta de las Cortes Generales lo que tiene que hacer o que ella lo hiciera a la inversa", ha alegado.

En esa línea, ha valorado la "solvencia" de la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, a la que ha dicho conocer "muy bien", y ha dicho que no tiene dudas de su buen hacer. "Hará lo que tenga que hacer cuando lo tenga que hacer", ha asegurado, antes de añadir: "Yo no le puedo decir qué es lo que tiene que hacer". "Estamos absolutamente confiados en la solvencia y en la seriedad del trabajo que está haciendo la presidenta Batet", ha insistido. "Que nadie tenga ningún duda del buen hacer de ella y, en general, del conjunto de los socialistas", ha pedido.

Preguntada sobre si la dilación en tomar esta decisión podría afectar, entre otros casos, a las elecciones municipales en Cataluña, Calvo ha negado que se haya producido demora en la actuación sobre los presos. "Comprendo que vivimos en un mundo muy acelerado en todo y por todo pero qué dilatación si las Cortes se constituyeron el martes y hoy estoy aquí que es jueves". "¿Dónde está la dilatación?", ha preguntado.

Aunque no tienen limitados sus derechos políticos, el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que “firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión”. A este artículo también apeló el juez Llarena para suspenderlos en calidad de diputados del Parlamento catalán y exigió su cumplimiento a la mesa de dicha Cámara.

Por otro lado, el artículo 21 del Reglamento de la Cámara Baja es algo menos claro, pues en su formulación establece “cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el Auto de procesamiento, se hallare en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta”, lo que implica el proceso de petición de suplicatorio que, según el criterio jurídico, no sería necesario en aplicación de la Ley de Enjuiciamiento.

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