La ronda de consultas con los líderes de los partidos con representación parlamentaria que ha llevado a cabo el Rey ha concluido sin propuesta de candidato para presidir el Gobierno al constatar que ninguna fuerza cuenta con los apoyos necesarios. ¿Podía mediar el Jefe del Estado para desbloquear la situación y evitar la repetición electoral, como le pidió Pablo Iglesias? ¿Puede el monarca alentar una 'operación política' para forzar la constitución de un determinado Gobierno?

Las respuestas a estas dudas se encuentran en el artículo 99 de la Constitución, que establece cómo proceder tras la renovación del Congreso de los Diputados una vez celebrados comicios generales y las funciones que milimétricamente corresponden al rey. Salvo giro ya imposible, Felipe VI disolverá las Cámaras legislativas el lunes -día en que se cumplirán dos meses desde que Pedro Sánchez se sometió a la primera votación de investidura- y convocará nuevas elecciones. La cita con las urnas ya tiene fecha: el 10 de noviembre, 196 días después de los últimos comicios generales (28-A).

Pablo Iglesias anunció el pasado viernes que pediría esta semana al jefe del Estado que ejerciera su papel de "mediación y arbitraje" e hiciera ver a Pedro Sánchez que un gobierno de coalición -el que el líder de Unidas Podemos ha venido reclamando al secretario general del PSOE- es "la vía para dar estabilidad" al país tras los resultados registrados en las elecciones del pasado 28 de abril.

El artículo 99 de la Constitución limita la función del jefe del Estado a escuchar a los líderes políticos para conocer si hay apoyos para una investidura

Desde luego, el artículo 99 de la Constitución es claro y no alumbra la posibilidad de que el rey pueda mediar para que un candidato pueda reunir los apoyos necesarios que le permitan sacar adelante la investidura en el Congreso.

"El rey [en la ronda de consultas] se tiene que limitar a escuchar lo que está dispuesto a hacer cada partido y en modo alguno puede mediar, interceder o hacer de puente entre formaciones políticas o animar a una para que apoye a otra", resume Eduardo Vírgala, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad del País Vasco.

Esta opinión es compartida por José Manuel Vera, catedrático de la misma especialidad en la Universidad Rey Juan Carlos (URJC): “El rey tiene que estar por encima del juego político, no se puede ‘mojar’ dicho de forma coloquial. Es más de oír que de hablar. Otra cosa es que en un momento determinado se posicione en defensa del Estado como cuando se dirigió a la nación tras el 1-O en Cataluña”, añade.

"El problema es de los políticos"

Expresado en otras palabras, el papel que la Carta Magna le otorga al monarca en el periodo que va desde que se celebran unas elecciones generales y es investido el jefe del Ejecutivo es el de escuchar a los representantes de los partidos políticos para llegar a la conclusión de si uno reúne los apoyos necesarios para que prospere su candidatura cuando se vote en la Cámara Baja. Y no necesariamente tiene que formular propuesta si esa mayoría no está garantizada, como acaba de ocurrir al constatar que ni Pedro Sánchez ni ningún otro candidato ha recabado las adhesiones suficientes para que prospere su investidura.

El rey tiene que estar por encima del juego político, no se puede ‘mojar’. Es más de oír que de hablar", dice un catedrático de Derecho Constitucional

A juicio de Vírgala, el problema "no es ni del artículo 99 ni del rey", sino de las formaciones políticas por su incapacidad para llegar a acuerdos en el escenario de fragmentación actual. "Si los líderes se ponen de acuerdo y le ofrecen un candidato al rey que tiene posibilidades de alcanzar al menos la mayoría simple, el artículo 99 funciona perfectamente. El problema es de los políticos", subraya.

En su opinión, este precepto es susceptible de sufrir "retoques", especialmente en lo referente a la ausencia de plazo para que el rey proponga a un candidato recién celebradas las elecciones. También llama la atención sobre el hecho de que el artículo no fije ningún margen de tiempo para convocar el primer pleno de investidura, que es cuando el reloj de los dos meses se pone en marcha.

"Son aspectos que podrían mejorarse, pero no afectan al núcleo central del problema. Desde el año 2015, por el sistema de partidos que tenemos, hemos pasado del bipartidismo al multipartidismo con formaciones que no son capaces ni de alcanzar mayoría ni de ponerse de acuerdo", indica Vírgala, convencido de que la situación actual no es la más propicia para llevar a cabo la reforma del citado artículo constitucional.