Política

La Abogacía estima que la sentencia del 'procés' debe quedar en suspenso mientras Junqueras tenga inmunidad

Los servicios jurídicos del Gobierno defienden que el derecho europeo prima ante cualquier "conflicto con alguna norma del derecho nacional"

El líder de ERC Oriol Junqueras conversa con el portavoz de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián, durante la acreditación como diputados de los políticos presos en el Congreso. EFE

El escrito que la Abogacía del Estado ha presentado al Tribunal Supremo este lunes sobre la situación del ex presidente catalán Oriol Junqueras supondría, en caso de ser aceptado por los magistrados que juzgaron a los líderes independentistas, la suspensión de la sentencia del procés para el ex vicepresidente catalán y para el resto de condenados que hayan sido elegidos eurodiputados. Es también el caso del ex presidente Carles Puigdemont y del consejero de su Gobierno también fugado de la justicia española Toni Comín.

Si la Sala de lo Penal del Supremo aceptara dicho informe y, por tanto, el recurso de la defensa de Junqueras, asumiría dejar en stand by los efectos de la sentencia con la que condenó a Junqueras a 13 años de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación por los delitos de sedición y malversación como impulsor del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y la declaración unilateral de independencia de Cataluña.

En su escrito, la Abogacía dependiente del Ministerio de Justicia considera que la inmunidad parlamentaria de Junqueras, adquirida después de ser procesado y juzgado, prevalece sobre la condena y ésta no se puede aplicar de nuevo hasta que el Parlamento Europeo decida retirarle la inmunidad, en caso de que lo hiciera. Según este planteamiento de la Abogacía del Estado -que no es vinculante para el Supremo- se estaría dando a los parlamentarios europeos, entre los que los socialistas suponen uno de los grupos mayoritarios, la posibilidad de "indultar" a Junqueras y al resto de políticos condenados que fueron elegidos en los comicios europeos.

Un europarlamentario más

"Mientras no concurra una expresa declaración de incompatibilidad y anulación del mandato de parlamentario europeo, conforme a los apartados 71 y 77 de la Sentencia del TJUE, el Sr. Junqueras disfruta de las inmunidades que se reconocen a los miembros del Parlamento Europeo en los términos previstos en el artículo 9 del Protocolo nº 7", se puede leer en el escrito de los servicios jurídicos del Gobierno, uno de los párrafos clave del documento en el que se considera que los derechos de Junqueras, como un europarlamentario más, prevalecen sobre cualquier medida judicial que pese sobre él.

La Abogacía considera que ésta sería "la más correcta aplicación de los pronunciamientos de la Sentencia del TJUE" que reconoció la inmunidad de Junqueras desde que fue elegido eurodiputado y sobre la que el Supremo pidió una opinión.

De esta manera, la institución dependiente del Gobierno ha cedido a la intención del Ejecutivo de Pedro Sánchez para contentar a Esquerra Republicana de Catalunya, el partido liderado por Oriol Junqueras, del que depende para sacar su investidura adelante. De hecho, la tarde de este domingo, tras conocer el sentido del escrito de la Abogacía, ERC anunció que la negociación con los socialistas se había desbloqueado y se espera que próximamente se cierre el programa de Gobierno con el sí de los republicanos.

La sentencia es "plenamente válida"

A diferencia de la defensa de Junqueras, la Abogacía no considera que la sentencia del procés deba anularse, ni siquiera que la decisión del TJUE incida en ésta. "Debemos subrayar desde este momento que la sentencia de 14 de octubre de 2019 dictada en la causa principal es plenamente válida y en modo alguno procede su anulación como consecuencia de los pronunciamientos de la sentencia del TJUE".

Sin embargo, en ningún momento los abogados del Estado se refieren a qué medidas concretas deberían aplicarse para asegurar que la sentencia se cumple y a su vez Junqueras acude a las distintas sesiones del Parlamento Europeo y ejerce su función de eurodiputado hasta que sea inhabilitado. Es decir, no especifica si debe quedar en libertad con medidas cautelares o en prisión con permisos puntuales.

"En relación con ese traslado, deberán adoptarse las medidas de custodia que sean oportunas para que el Sr. Junqueras pueda sin impedimentos cumplir el trámite citado", se lee en el escrito.

Sin embargo, lo que sí defiende la Abogacía es que Junqueras pueda acudir con normalidad a la Eurocámara. Si el Supremo aceptara dicha petición, la situación real sería que Junqueras quedaría en libertad como lo está ahora Carles Puigdemont.

En su informe también se opta porque la pena de inhabilitación (también de 13 años) con la que fue penado el ex vicepresidente catalán también quede en suspenso hasta que el Parlamento Europeo se pronuncie sobre su inmunidad. El Tribunal Supremo dejó sin efecto la aplicación de la pena hasta que el TJUE se pronunciara sobre su inmunidad, y la Abogacía considera que así debe seguir.

Prevalece el derecho de la Unión

Afirma en su escrito que el caso de Junqueras y la resolución sobre su inmunidad parlamentaria por parte del TJUE supone una interpretación "novedosa y compleja" que "no había sido previamente definida por el Tribunal de Justicia".

En este sentido, la Abogacía del Estado insiste a lo largo del escrito en que la aplicación de la sentencia del Tribunal de Luxemburgo puede traer consigo un "conflicto" con las leyes españolas. Pero, ante dicho conflicto, "debemos recordar el principio de primacía del derecho europeo", afirma en el documento firmado por Rosa María Seoane, la abogada del Estado que acudió a las sesiones del juicio del procés como acusación. Ella fue quien informó en junio a favor de que Junqueras pudiera jurar su cargo como eurodiputado, a diferencia de la Fiscalía y de la acusación popular.

Una interpretación que, de ser asumida de una manera tan amplia por el Supremo, daría alas a Puigdemont para defender, como por cierto ya ha hecho, que el instructor del Supremo Pablo Llarena no puede reclamarle para juzgarle, ni detener ni tampoco encarcelar puesto que hay una sentencia del TJUE que reconoce su inmunidad.

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