La Audiencia de Zaragoza ha acordado rebajar la condena de 13 años, 6 meses y 1 día impuesta a un hombre por la violación de una joven discapacitada en 2011 en la capital aragonesa a un total de 11 años de cárcel, dos años y medio menos, tras ser revisada la sentencia a petición de su representante legal en aplicación de la ley del "sólo sí es sí".
Según informa el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), los magistrados de la Audiencia han rechazado la petición del abogado de puesta en libertad del condenado, Salah E.M., al no quedar canceladas todas las condenas que pesan sobre él por distintos motivos, que, en principio, le mantendrán en prisión hasta 2027.
El auto argumenta que el referido texto legal no establece normativa alguna en relación a la revisión de sentencias firmes ni hace referencia a un régimen transitorio para la aplicación de la nueva norma, a pesar de presentar una nueva regulación de los delitos contra la libertad sexual que conllevan una reducción de los límites mínimos o máximos que estaban establecidos en el Código Penal.
Tras argumentar que el principio de legalidad impide no aplicar el principio de retroactividad de las normas penales más favorables al reo, los magistrados destacan que en el caso analizado que la condena original que se le impuso al acusado era la que correspondía entonces en grado para la agresión sexual con penetración.
"En atención a las circunstancias que fueron tenidas en cuenta en la sentencia tales como la inexistencia de lesiones físicas y la ausencia de otras circunstancias que denoten especial perversidad, la pena correspondiente sería la de 11 años de prisión", señalan los magistrados tras valorar la petición de revisión de la defensa.
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