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El Supremo libra a Aldama de la cárcel al apreciar la atenuante "muy cualificada" de colaboración con la Justicia

Víctor de Aldama sale del Supremo tras conocer la sentencia.
Víctor de Aldama sale del Supremo tras conocer la sentencia. | EFE

El Tribunal Supremo ha acordado suspender la ejecución de la pena de cuatro años y medio de prisión impuesta al comisionista Víctor de Aldama en el 'caso Koldo', al apreciar una atenuante "muy cualificada" de colaboración con la Justicia. La decisión convierte al empresario en el único de los tres condenados por la trama de mordidas en contratos de mascarillas que evitará, por ahora, el ingreso en prisión.

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La Sala, que este lunes ha condenado por unanimidad al exministro de Transportes José Luis Ábalos a 24 años de cárcel y a su exasesor Koldo García a 19 años y ocho meses, considera que la colaboración prestada por Aldama ha resultado decisiva para el esclarecimiento de los hechos investigados. Así, suspende la ejecución de su pena a condición de no delinquir, presentar un informe semestral de actividades y hacer un año de trabajos en beneficio de la comunidad

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En la sentencia, de 224 páginas, los magistrados destacan que el comisionista proporcionó datos "relevantes" que permitieron incorporar a la causa información que posteriormente pudo ser contrastada mediante otras diligencias de investigación. "No podemos ignorar la colaboración prestada por este acusado, admitida y postulada por ambas acusaciones [Fiscalía Anticorrupción y acusaciones populares], que han dado cuenta de ello a lo largo de sus informes finales", recoge la sentencia.

La resolución recoge que Aldama decidió colaborar con la Justicia una vez iniciada la investigación y facilitó datos sobre el funcionamiento de la organización, el reparto de funciones entre sus integrantes y distintas contraprestaciones que, según la sentencia, acabaron siendo corroboradas por la prueba practicada durante el procedimiento.

No tendrá que abonar responsabilidad civil

El comisionista ha sido condenado por los delitos de organización criminal y cohecho, pero finalmente no se le atribuye el de aprovechamiento de información privilegiada. A juicio del tribunal, "las peculiares circunstancias" en las que se enmarcan los hechos neutralizan que se califique de "privilegiada" la información a la que tuvo acceso el empresario.

"Dada la situación de la pandemia y la necesidad notoria de mascarillas, era obvia su urgencia y que la licitación sería inminente", argumentan los magistrados. "Tampoco era un arcano que con la declaración de alarma (...) y la imperiosa necesidad de mascarillas, el procedimiento de contratación a utilizar fuera el de emergencia".

Así, el empresario no deberá abonar finalmente ninguna responsabilidad civil. El Supremo sólo le condena solidariamente al decomiso de las ganancias procedentes del delito de cohecho, que ascienden a unos 430.300 euros.

Una organización "con un claro plan criminal"

El tribunal ha condenado a los tres acusados por los delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias. Los magistrados concluyen que actuaron de forma coordinada dentro de una estructura que perseguía obtener beneficios económicos a cambio de favorecer adjudicaciones públicas, contrataciones y decisiones administrativas de interés para empresas vinculadas al comisionista.

La Sala describe la existencia de un "claro plan criminal" sustentado en un reparto de funciones perfectamente definido. Según la sentencia, Aldama aportaba las empresas y los intereses económicos, Koldo García actuaba como intermediario y ejecutor de las gestiones, mientras que Ábalos ocupaba la posición institucional necesaria para facilitar el acceso a los centros de decisión.

Más allá de las penas impuestas, el Supremo dedica parte de su argumentación a alertar sobre el impacto de la corrupción en el sistema democrático. Los magistrados sostienen que los hechos juzgados provocan un "grave deterioro de la confianza ciudadana en el sistema político" y terminan por "socavar la arquitectura democrática del Estado".

"Una sociedad que percibe que quienes ocupan posiciones de poder actúan guiados por intereses privados, o ajenos al servicio público para obtener un beneficio, experimenta una pérdida de legitimidad institucional que compromete la estabilidad del propio sistema", señalan los togados.

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