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El Supremo condena a Ábalos y a Koldo a 24 y 19 años de prisión por las mordidas en contratos de mascarillas

El Supremo condena a Ábalos y a Koldo a 24 y 19 años de prisión por las mordidas en contratos de mascarillas

El Tribunal Supremo ha condenado al exministro de Transportes José Luis Ábalos a 24 años de prisión y a su exasesor Koldo García a 19 años y ocho meses por la trama de corrupción vinculada a la adjudicación de contratos de mascarillas durante la pandemia, según han confirmado fuentes jurídicas a El Independiente. La sentencia, adoptada por unanimidad, condena también al empresario Víctor de Aldama a cuatro años y medio de cárcel, aunque suspende la ejecución de la pena por su colaboración con la Justicia.

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Las partes fueron convocadas a las 12.00 horas de este lunes en el Supremo para la lectura del fallo del tribunal. El tribunal ha establecido que el cumplimiento máximo de las condenas de Ábalos y su exasesor sean de 16 y 15 años, respectivamente. Por su parte, el tribunal suspende la ejecución de la pena de Aldama por "su aportación al descubrimiento de los delitos", a condición de no reincidir, presentar un informe semestral de actividades y realizar un año de trabajos en beneficio de la comunidad.

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La resolución condena a los tres acusados por los delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias. Así, los magistrados señalan que los tres conformaron una organización con "un claro plan criminal" que incluía un reparto de funciones perfectamente definido para obtener beneficios económicos a cambio de facilitar adjudicaciones públicas, contrataciones y actuaciones administrativas favorables a empresas vinculadas al comisionista.

En la sentencia, de 224 páginas, el tribunal alerta del daño institucional provocado por este tipo de conductas. Los magistrados sostienen que la corrupción genera un "grave deterioro de la confianza ciudadana en el sistema político" y termina por "socavar la arquitectura democrática del Estado", al erosionar la percepción de imparcialidad de las instituciones públicas: "Una sociedad que percibe que quienes ocupan posiciones de poder actúan guiados por intereses privados, o ajenos al servicio público para obtener un beneficio, experimenta una pérdida de legitimidad institucional, que compromete la estabilidad del propio sistema".

Las mascarillas, los pagos y los 'enchufes'

La resolución considera probados varios bloques de hechos. El primero y más relevante es la adjudicación del suministro de 13 millones de mascarillas a Puertos del Estado y Adif a Soluciones de Gestión —empresa vinculada a Aldama— durante la pandemia, cuando Ábalos dirigía el Ministerio de Transportes. Para el tribunal, la prueba practicada durante el juicio permite concluir que la intervención de los acusados fue decisiva para que la compañía obtuviera estos contratos millonarios en un momento de "obvia urgencia" derivada de la crisis sanitaria.

Los magistrados consideran además acreditado que Ábalos percibió una remuneración mensual de 10.000 euros por parte del Aldama destinada a sufragar sus "gastos fijos" desde octubre de 2019 hasta junio de 2022. Junto a esta cantidad también se abonaban "otros gastos", como el piso de Plaza de España en Madrid que se alquiló para la expareja de Ábalos, Jessica Rodríguez. El tribunal sostiene que el alquiler fue sufragado por un testaferro de Aldama como contraprestación al exministro en el marco de la trama. En total, se abonaron 82.295 euros.

Por otra parte, la sentencia también da por probados los 'enchufes' de Jessica Rodríguez, y de Claudia Montes en empresas vinculadas al Ministerio del que era entonces titular. Los magistrados consideran probado que fue Rodríguez fue contratada en Ineco y posteriormente en Tragsatec, "con la finalidad de que percibiera un sueldo" y sin llegar a desarrollar "ninguna actividad laboral" efectiva. La sentencia también da por acreditada la contratación de Montes —exMiss Asturias— en LogiRail.

Los magistrados entienden que estas incorporaciones respondieron a la capacidad de influencia de la organización sobre entidades dependientes del sector público y las incluyen dentro del conjunto de beneficios obtenidos gracias a la posición institucional que ocupaba el entonces ministro.

Air Europa, Villafuel y los chalets

El Supremo considera asimismo acreditado que el alquiler de los chalets de Villa Parra (Marbella) y La Alcaidesa (Cádiz) fueron contraprestaciones para Ábalos y su 'mano derecha' por las gestiones relacionadas con la emisión de una nota de prensa para el rescate de Air Europa —aerolínea de la que Aldama era asesor— y para la concesión de una licencia de hidrocarburos a Villafuel, empresa también vinculada al comisionista.

En el caso de Air Europa, el tribunal concluye que la organización intervino para favorecer los intereses de la compañía en pleno proceso de rescate por parte de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI). Respecto a Villafuel, da por probado que se realizaron actuaciones dirigidas a facilitar la obtención de una licencia de operador de hidrocarburos que resultaba estratégica para el proyecto empresarial impulsado por Aldama.

El juicio quedó visto para sentencia el pasado 6 de mayo, después una veintena de sesiones en las que se reconstruyó la hoja de ruta del "concierto de voluntades" acordado entre Ábalos, Koldo y Aldama para obtener beneficios económicos a cambio de favorecer a las empresas vinculadas al comisionista. En su alegato final, Ábalos se proclamó víctima de un "juicio paralelo" y negó todos los cargos.

La tesis no convenció al tribunal. Durante el juicio, la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil definió al trío como un triángulo en el que cada uno ocupaba su lugar y cumplía su función, con el empresario que paga y exige, el asesor que canaliza y el exministro que "abre las puertas". En ese reparto de responsabilidades, las acusaciones y la Fiscalía situaron a Ábalos en el vértice más alto de la estructura, como la figura sin la cual no se explicaría el acceso al núcleo de decisiones del Ministerio.

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