Economía

La Guardia Civil interroga a los pilotos que alertaron de la presencia de un dron en Barajas

Los aeropuertos españoles no disponen de sistemas de detección de drones y el protocolo de emergencia sólo se activa cuando al menos dos pilotos avisan a la torre de control de la presencia de aeronaves.

Torre de control en la Terminal 4 del Aeropuerto de Madrid Barajas-Adolfo Suárez

Torre de control en la Terminal 4 del Aeropuerto de Madrid Barajas-Adolfo Suárez EP

La Guardia Civil continúa con la investigación sobre la supuesta presencia de un dron en las inmediaciones del aeropuerto de Barajas. Una actividad prohibida por ley por motivos por seguridad y que este lunes obligó a cerrar el espacio aéreo y suspender las operaciones durante casi dos horas en el aeropuerto madrileño.

Agentes de la Guardia Civil han tomado declaración a los dos pilotos que dieron la señal de alarma al percatarse justo después de despegar de que había un objeto, presuntamente un dron, en las inmediaciones de la pista de salida, según confirman a El Independiente fuentes de la investigación.

El instituto armado no ha realizado de momento ninguna detención en relación a estos hechos y, en realidad, la propia Guardia Civil empieza poner en duda que fuera un dron la causa que motivó el cierre del aeropuerto de Madrid. Los agentes desplegados en los alrededores de las instalaciones no encontraron ningún rastro de la presencia de la aeronave de pequeñas dimensiones no tripulada.

Fueron dos pilotos de vuelos comerciales cuando despegaban y también un empleado del aeropuerto de control de fauna (que utilizan halcones para evitar que haya pájaros en pista) los que alertaron de la presencia de un dron en una zona considerada de alto riesgo en Barajas.

Con el aviso de dos o más observadores cualificados, el mando del control aéreo está obligado a activar el protocolo de seguridad y suspender las operaciones. Las restricciones de tráfico se iniciaron a las 12.40 horas y se mantuvieron hasta las 14.20 horas, obligando a desviar casi una treintena de vuelos y provocando retrasos en varias decenas más.

El protocolo de actuación ante la presencia de naves no tripuladas sólo se activa en España cuando al menos dos pilotos avisan de la presencia comprometida de aeronaves en el espacio aéreo de los aeropuertos. La activación del dispositivo depende exclusivamente del aviso de los comandantes tras la visualización directa del dron. Y es que, según confirman fuentes de Aena, los aeropuertos españoles no cuenta como en otros países con dispositivos tecnológicos para la detección y monitorización de drones.

El ‘Pegaso’ de Barajas

En 2018, meses después de que entrara en vigor el decreto que regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas de forma remota, el Instituto Armado creó un equipo específico en el aeropuerto de Barajas -bautizado como ‘Pegaso’, en alusión al caballo alado de la mitología griega- para el control de drones ante el auge que empezaban a experimentar. Esta unidad se encarga de que estos aparatos puedan poner en riesgo despegues o aterrizajes, maniobras críticas en todo vuelo.

El incidente que provocó el cierre del espacio aéreo del aeropuerto inglés de Gatwick en diciembre de 2018 durante más de un día sigue por la presencia de drones sobrevolando incluso una pista de despegue sin resolverse, pese a que la policía de Sussex llegó a detener a dos sospechosos. Finalmente fueron puestos en libertad sin cargos.

La normativa que regula el uso de aeronaves pilotadas de forma remota (RPA) en España prohíbe -salvo excepciones y con las autorizaciones correspondientes- el vuelo de este tipo de aparatos en las cercanías de los aeropuertos y prevé sanciones de hasta 90.000 euros para los pilotos que cometan esta infracción, que está tipificada como grave”.

En concreto, en el caso de los vuelos recreativos, el dron no puede volar a menos de ocho kilómetros de un aeródromo -hasta 15 kilómetros en el caso de Barajas– ni hacerlo dentro de lo que se conoce como espacio aéreo controlado (CTR), una burbuja que protege el tráfico de entrada y salida.

No es la única prohibición. La normativa también impide que estas aeronaves vuelen en zonas urbanas salvo que el aparato pese menos de 250 gramos, no superen los 20 metros de altura, no se acerquen a edificios a menos de 50 metros y, por supuesto, no sea una zona CTR. Además, los vuelos no pueden realizarse de noche y con condiciones climáticas adversas.

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