La segunda edición del Premio Emprendimiento en Protección de Datos Personales Ángela Ruiz Robles ya ha llegado. La convocatoria se encuentra abierta y a la misma se podrá presentar cualquier pyme que se englobe dentro del sector y que resulte un proyecto innovador y con impacto social dentro del mismo.

Tal y como se explica en dicha convocatoria, habrá algunos proyectos o actividades que se considerarán especialmente interesantes. Entre estas, se encuentran las relacionadas con datos de alto riesgo, categorías especiales o grupos de personas más vulnerables o expuestos (víctimas de acoso o de violencia de género, entre otras), que pueden estar englobadas dentro de soluciones en tecnologías disruptivas para la gestión de riesgos en derechos y libertades, entre otras.

La pyme ganadora se llevará 3.000 euros

Las empresas galardonadas recibirán tanto un diploma como un trofeo acreditativo de su premio y la dotación económica del proyecto vencedor será de 3.000 euros. También, el propio jurado, podrá proponer un accésit de 1.500 euros para aquella pyme que consideren innovadora o con gran impacto social.

Si, por los motivos que fuese, no se reconociese a ninguna de las empresas o proyectos como ganador, el jurado tendría la opción de otorgar otro accésit. La cuantía será también, en este caso, de 1.500 euros.

El proyecto que se presente a concurso no puede tener una antigüedad superior a seis años

Hay dos requisitos fundamentales que las pymes premiadas deben cumplir. Por un lado, tienen que haber comenzado su actividad a partir del 1 de enero de 2014. Si no cumplen esta condición, al menos tendrán que acreditar que el proyecto que presentan no se inició con anterioridad a esa fecha. La fecha límite para el inicio de actividad será el 15 de noviembre del presente ejercicio.

Las compañías tampoco podrán tener una participación en el capital superior al 25% por otra empresa que no sea considerada pyme. En cuanto a la forma jurídica de las aspirantes al premio, podrá tratarse de personas físicas (autónomo, emprendedor de responsabilidad limitada, sociedad civil o comunidad de bienes) o personas jurídicas.