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El Tribunal de Londres deja en una situación complicada a Sanz Roldán por la demanda de Corinna

La empresaria alemana acusa a Juan Carlos I, su examante, de acoso y hostigamiento a través del exdirector del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Félix Sanz Roldán, entre 2012 y 2020

Félix Sanz Roldán, director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

Félix Sanz Roldán, director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI). EP

La decisión del Tribunal Superior de Londres de admitir la demanda de la empresaria alemana y examante de Juan Carlos I, Corinna Larsen, contra él por supuestas amenazas, acoso y hostigamiento deja en una situación delicada al exdirector del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Félix Sanz Roldán.

En la demanda que presentaron los representantes legales de Larsen (del despacho Krobe & Kim) ante la Justicia británica, la empresaria alegó que el acoso comenzó contra ella en 2012 -después de salir a la luz su relación con el emérito por el viaje de caza que hicieron juntos a Botswana en el que él se rompió la cadera- y continuó hasta 2020. El juez Matthew Nicklin descarta que la inmunidad como exjefe de Estado proteja a Juan Carlos I en Reino Unido por actos de su ámbito privado. De ahí que haya admitido la demanda de Larsen.

En esa demanda, como repasa el juez Nicklin en su sentencia, la empresaria apunta a que dicho supuesto acoso lo ejerció Don Juan Carlos a través de los servicios secretos españoles, concretamente de su exdirector Félix Sanz Roldán.

Hackeos y registros

Larsen hace graves acusaciones contra el general Sanz Roldán en su escrito. A partir de ahora, que continuará la causa para determinar si el emérito debe ser juzgado, será muy difícil para el exjefe de los servicios secretos españoles evitar que salgan a la luz más detalles de sus trabajos para el exjefe del Estado.

La empresaria alemana denuncia que "el general Sanz Roldán, los agentes del demandado y/o contratistas del CNI que actuaban bajo las instrucciones del demandado [Juan Carlos I]" la pusieron a ella y a otras personas cercanas "bajo vigilancia física que incluía la vigilancia de vehículos y personal, entrando en la propiedad en la que residía y hackeando sus teléfonos y ordenadores".

Entre abril y junio de 2012, siempre según el relato de Larsen, Sanz Roldán "coordinó una operación encubierta para entrar y registrar la oficina y el apartamento de la demandante en Mónaco". La examante del emérito afirma que "utilizó agentes armados" de una empresa de seguridad de Mónaco como cobertura a la operación "para permitir que un equipo del CNI enviado desde España accediera a su propiedad sin su consentimiento".

Según la empresaria, Juan Carlos I y Sanz Roldán le informaron de que habían contratado una empresa de seguridad "para protegerla de los paparazzi y de los periodistas que pudieran robar documentos". Sin embargo, los verdaderos motivos del demandado, según la denunciante, "eran encontrar y sustraer cualquier documento que estuviera en su poder relacionado con sus negocios y relaciones financieras; averiguar cualquier información sobre la demandante que pudiera ser utilizada para presionarla a cumplir con sus deseos e impedirle que proporcionara información sobre cualquier cosa que pudiera incriminarle e instalar equipos de vigilancia", trasladó en la demanda.

Contactos como 'Paul Bon' y reunión en Londres

Según Larsen, Sanz Roldán se puso en contacto con ella "en varias ocasiones por correo electrónico y por teléfono utilizando el alias 'Paul Bon' y dejó claro que actuaba bajo las instrucciones del demandado".

En mayo de 2012, el emérito comunicó a la empresaria -según continúa el relato de la denuncia- que el general Sanz Roldán llegaría a Londres para reunirse con ella en persona en la habitación del hotel Connaught donde se alojaba el día 5 de ese mes.

Larsen describe las palabras de Sanz Roldán como claras y siniestras

La sentencia recoge la descripción de la examante del emérito sobre dicha reunión: "Él amenazó a la demandante y a su familia afirmando que 'no podía garantizar su seguridad física o la de sus hijos' a menos que cumpliera con lo que describió como 'recomendaciones' pero que eran, de hecho, órdenes. Esta amenaza hizo temer razonablemente a la demandante por su vida y la de sus hijos. Las palabras en sí mismas eran claras y siniestras, pero más por el hecho de que fueron pronunciadas por el jefe del CNI en nombre del demandado en el Reino Unido, y mientras la operación de Mónaco estaba en curso".

Según continúa la demanda, Larsen "viajó ese mismo día a su apartamento en Villars, Suiza, para visitar a su hijo. A su llegada, descubrió un ejemplar de un libro sobre la muerte de la princesa Diana [de Gales] (que, para evitar dudas, no pertenece a la demandante y no había estado allí antes". Además, también se relata que "esa noche recibió una llamada telefónica de un desconocido que le dijo, en español "hay muchos túneles entre Mónaco y Niza", considerando los abogados de la demandante que "la llamada telefónica y la publicación del libro están obviamente conectados".

Poco tiempo después, el 17 de mayo, la examante de Don Juan Carlos afirma que "Paul Bon (es decir, el general Sanz Roldán)" le envió un correo en el que le indicaba que los servicios que había tenido en Mónaco ya no eran necesarios y que la persona que ella designara se encargaría de su seguridad, afirmando que era "aconsejable" que mantuviera dicha seguridad en sus instalaciones "hasta el momento que envíe las cajas negras con los documentos al lugar de su elección". Larsen interpretó esto como una amenaza. La mujer también afirma que Sanz Roldán la llamó por teléfono y la amenazó con que habría consecuencias si hacía algo contra los intereses de Juan Carlos I. Larsen, según se recoge en la demanda, llamó al emérito para pedirle explicaciones por dicha amenaza y 'Paul Bon' respondió por correo electrónico afirmando "que había habido un malentendido".

En junio de 2012, continúa la demanda, la empresaria recibió otro correo electrónico con el mismo seudónimo en el que "se hacía referencia a una serie de asuntos en los que se hacían alegaciones inculpatorias de la demandante y de sus negocios o asuntos financieros que eran falsas y se basaban en parte en documentos que habían sido robados y/o información obtenida de su oficina/apartamento en Mónaco entre abril y mayo". Según Larsen, el correo decía: "Cualquier filtración de esa información tendría un efecto devastador para la Institución y su imagen".

Sanz Roldán negó las amenazas

En enero de 2021, el exdirector del CNI Sanz Roldán negó haber amenazado nunca a Corinna Larsen o a su familia: "Jamás he amenazado a una mujer y a un niño, jamás", afirmó durante el juicio al comisario jubilado José Manuel Villarejo, que se sentó en el banquillo acusado precisamente por el general por calumnias y denuncia falsa tras afirmar en una entrevista televisada que amenazó a la examante del emérito. Finalmente, Villarejo resultó absuelto porque únicamente trasladó las afirmaciones de la empresaria alemana.

Ésta también declaró en el juicio, donde relató las supuestas amenazas que recoge en la demanda presentada en Londres. El exjefe del CNI afirmó durante aquél juicio que no se había querellado contra Larsen a pesar de que denuncia que todo lo que dice es falso por "la complejidad de entablar un pleito fuera de España".

El tribunal londinense aclara que en este fase "no tiene y no ha investigado ninguna prueba relacionada con estos supuestos incidentes", pero "a efectos de esta audiencia y el argumento sobre la inmunidad, el Tribunal asumirá los asuntos declarados en los escritos de la demanda". Así, el juez admite la demanda rechazando que el emérito esté protegido por la inmunidad basándose en la Ley de Inmunidad estatal de 1978 (State Inmunity Act, SIA) y da veracidad al relato de Larsen que ahora procederá a investigarse para determinar si Juan Carlos I debe ser juzgado. La defensa del emérito, ejercida por el despacho Clifford Chance, ya ha anunciado que "está decepcionado por la decisión del Tribunal inglés que rechaza su reclamación de inmunidad judicial" y revisará con sus asesores jurídicos "la sentencia motivada del Tribunal y entonces decidirá si recurre al Tribunal de Apelación".

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