Política | Tribunales

La Fiscalía pide al Supremo que revise el 100.2 de los presos del 'procés'

La juez de vigilancia penitenciaria ha autorizado que el exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, y los exconsellers Josep Rull y Jordi Turull salgan de la cárcel para trabajar de acuerdo con el Reglamento Penitenciario

Sànchez, Junqueras, Turull, Forn, Cuixart, Rull y Römeva, en el patio de la prisión de Lledoners.

Sànchez, Junqueras, Turull, Forn, Cuixart, Rull y Römeva, en el patio de la prisión de Lledoners. EP

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado a la Sala Segunda de dicho tribunal, que emitió la sentencia contra los líderes del proceso soberanista de Cataluña, que revise la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a los condenados, que les permite salir de prisión para trabajar, realizar labores de voluntariado o cuidar de familiares dependientes.

Los fiscales Jaime Moreno, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Fidel Cadena han presentado un escrito en el que piden a la Sala presidida por Manuel Marchena que revise la aplicación de dicho artículo concedido por las Juntas de Tratamiento de las cárceles catalanas y confirmado por jueces de vigilancia penitenciaria porque, según se está aplicando, consideran que supone un tercer grado encubierto, según ha adelantado El Mundo y confirman fuentes fiscales a El Independiente.

Los representantes del Ministerio Público consideran que, puesto que la aplicación del tercer grado sí puede recurrirse en apelación ante el tribunal sentenciador, la Sala de lo Penal debería unificar criterio sobre la aplicación de dicho artículo para todos los condenados en la sentencia del procés.

Tras la consulta sobre Forcadell

El juez de Vigilancia Penitenciaria número 3 de Lérida, José Ignacio Félez, remitió a la Sala Segunda del Tribunal Supremo el auto contra la decisión de aplicar el 100.2 a la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, al considerar que correspondía decidir sobre su aplicación al tribunal sentenciador.

La Sala Segunda pidió a la Fiscalía que se pronunciara sobre dicho auto y eso ha abierto la puerta a que el tribunal sentenciador sea quien pueda revisar dicho "tercer grado encubierto" a los independentistas, como pide el Ministerio fiscal.

Aplicado también a Junqueras, Rull y Turull

Precisamente este martes el juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5 de Cataluña ha autorizado también la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario al vicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, y a los exconsejeros Josep Rull y Jordi Turull por considerar que en sus casos se daban las exigencias requeridas.

La jueza ha desestimado el recurso de la Fiscalía de Barcelona contra los acuerdos de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Lledoners (Barcelona) que acordó dejar salir varias horas entre semana de la cárcel a los condenados.

En los tres casos, el Juzgado considera "los factores positivos de los penados" tienen un nivel mayor que que los factores negativos que expone el Ministerio Público.

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