El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido no ratificar la orden de la Junta para ampliar el uso del certificado Covid para el acceso al interior de los establecimientos de hostelería y ocio por haber incluido en la misma a los trabajadores de este sector.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha considerado que la medida cumple los requisitos de necesidad e idoneidad, pero no de proporcionalidad al exigir dicho pasaporte a "cualquier persona" que acceda al interior, lo que incluiría a los empleados.

El auto explica que la administración puede volver a pedir una nueva ratificación estableciendo en la orden la aplicación de la media a los usuarios de estos establecimientos, según ha informado este miércoles el alto tribunal andaluz.