La fiscal jefa de la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, Antonia Sanz Gaite, ha explicado este martes ante el Tribunal Supremo durante el juicio al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que el Ministerio Público no llegó a investigar internamente la filtración de los correos del abogado del empresario Alberto González Amador porque el caso pasó rápidamente a los tribunales.

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Sanz Gaite ha contado que su departamento recibió una denuncia de Manos Limpias el 15 de marzo y que el 19 se abrió un expediente gubernativo. Pocos días después llegó otra denuncia del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), que dio lugar a un segundo expediente, aunque ambos fueron posteriormente unificados.

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Según su testimonio, la Inspección tuvo conocimiento de que la Fiscalía de Madrid había iniciado otro procedimiento y, poco después, de que el Tribunal Superior de Justicia se había declarado competente para investigar los hechos. Ante esa situación, dictó un decreto para declarar en suspenso el expediente interno.

"No hubo tiempo de hacer nada. Cuando empezábamos a instruir ya se estaba abriendo la investigación penal", ha explicado a los jueces del Supremo. Ha añadido que no se realizó comunicación pública alguna sobre el asunto, más allá de informar a Manos Limpias y al ICAM de que el expediente quedaba suspendido.

Se le ha preguntado también por el cambio de su teléfono móvil tras el registro del despacho de un fiscal por parte de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil. Sanz ha negado haber cambiado de dispositivo. Ha precisado que dos días después de aquella diligencia cambió únicamente el número asociado a su cuenta de WhatsApp porque tenía un viaje privado al extranjero, pero no la línea. Ha aclarado que mantiene el mismo número desde hace 25 años y que dispone de otro terminal que solo utiliza cuando viaja fuera de España "para asegurarse los datos".

El borrado del móvil del fiscal general

Tras la fiscal Sanz, ha sido el turno del fiscal del Tribunal Supremo y delegado de protección de datos de la Fiscalía General Agustín Hidalgo de Morillo, que ha explicado en un tenso interrogatorio con la acusación popular que los "incidentes de seguridad" y las "violaciones de seguridad" no son lo mismo y que, en su opinión, la nota informativa que contenía los correos que el abogado de la pareja de Ayuso se intercambió con la Fiscalía no incurrió en una violación de seguridad.

No lo fue ya que supuso una una "decisión consciente" al estar autorizada por la propia Fiscalía. De hecho, el Supremo ya descartó que esa nota fuese delito, pues entendía que su contenido se difundió antes por la prensa y, por tanto, no existe un delito de revelación de secretos en esa publicación en concreto.

El juez que preside el tribunal, Martínez Arrieta, ha intervenido para aclarar si él actúa de oficio, a lo que ha contestado positivamente en general y cuando hay preguntas de los interesados. Además, ha asegurado que si el afectado [González Amador] se hubiera dirigido a él, le hubiera dado una respuesta.

Asimismo, en relación con la utilización de un correo electrónico privado para cuestiones profesionales, ha especificado que no es "recomendable" pero que no está prohibido. En relación con el borrado de la cuenta de Gmail de García Ortiz, en la que recibió los correos del abogado del novio de Ayuso, ha indicado que no se la notificaron, pero que tampoco tenían la obligación de hacerlo. Ha defendido que los fiscales tienen la "facultad" de destruir los datos de sus dispositivos electrónicos para "prevenir el tratamiento ilícito".

Ante "la falta de un protocolo claro de borrado o eliminación de los datos", los fiscales tienen la "facultad" de destruir los datos que contienen sus dispositivos y ha destacado que esta debe de ser la actuación para proteger los datos personales sino existe un protocolo claro, "que me parece que no lo hay".