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Citas privadas, contratos públicos: las cartas para Barrabés sientan en el banquillo a Begoña Gómez

El juez Peinado concluye la investigación contra la esposa de Pedro Sánchez y la manda al banquillo por cuatro presuntos delitos de corrupción

Citas privadas, contratos públicos: las cartas para Barrabés sientan en el banquillo a Begoña Gómez
La esposa del presidente del gobierno Begoña Gómez | Francisco J. Olmo/EUROPA PRESS  

La investigación judicial que más quebraderos de cabeza ha provocado al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, toca a su fin. Este lunes, el juez Juan Carlos Peinado acordó procesar a su esposa, Begoña Gómez, por la presunta comisión de cuatro delitos. Las pesquisas han durado dos años y, como detalla el magistrado, giran en torno al delito de tráfico de influencias, que a su vez tiene su origen en las reuniones en Moncloa y en las dos cartas de recomendación que Gómez firmó para el empresario Juan Carlos Barrabés, que también está abocado a terminar en el banquillo, previsiblemente ante un tribunal con jurado.

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Porque a pesar del caos mediático, de las numerosas reprimendas de la Audiencia Provincial de Madrid al juez Peinado y del rapapolvo que el Tribunal Supremo le dio al togado cuando trató de imputar al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes Félix Bolaños, lo cierto es que la Justicia madrileña siempre ha avalado el grueso de la investigación a Gómez.

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En el auto con el que ha concluido la instrucción, el togado hace un repaso pormenorizado de los hechos que le han llevado a mandar a juicio a la esposa del jefe del Ejecutivo, algo insólito en democracia. En concreto, detalla que a partir de 2019, Gómez fue estableciendo "vínculos profesionales" con Barrabés, en una relación que acabaría situándose en el núcleo de la causa.

El magistrado sitúa uno de los primeros hitos el 17 de enero de 2020, cuando se firmó el acuerdo entre el IE África Center —que dirigía Gómez— y Wakalua, un proyecto en el que colaboraba Barrabés. Ese paso, según el relato judicial, marca el inicio de una relación que posteriormente se proyectaría sobre iniciativas académicas y contactos institucionales.

Poco después, el 2 de marzo de ese mismo año, la mujer de Sánchez registró la marca Transformación Social Competitiva (TSC), denominación que acabaría dando nombre a la cátedra que se constituiría oficialmente meses más tarde, el 30 de octubre de 2020, en la Universidad Complutense de Madrid. A partir del 21 de junio, cuando quedaron atrás los primeros confinamientos por la pandemia, ambos comenzaron a mantener reuniones en Moncloa para trabajar en el desarrollo de esa futura cátedra.

En julio, coincidiendo con esos encuentros en el palacio presidencial, Begoña Gómez firmó dos cartas de recomendación a favor de ofertas vinculadas a la UTE (Unión Temporal de Empresas) Barrabés/The Valley en procedimientos de Red.es, compañía pública que depende del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Lo hizo en calidad de codirectora del máster, pese a que, subraya el instructor, hasta ese momento el empresario y su grupo no habían tenido relación con el mismo.

Cabe destacar que, durante la instrucción, un interventor de Hacienda detectó irregularidades en los contratos públicos adjudicados a Barrabés, apuntando a que las cartas que firmó Gómez pudieron adulterar la adjudicación la valoración técnica del proyecto.

El auto pone el foco en esas cartas de apoyo, firmadas en julio de 2020, que el juez Peinado conecta temporalmente con las reuniones mantenidas en la Moncloa y con el impulso paralelo de la cátedra TSC. Según recoge la resolución, esas misivas se firmaron en un momento en el que Barrabés ya participaba en encuentros en el complejo presidencial y cuando Begoña Gómez había registrado previamente la marca que daría posteriormente nombre al proyecto.

Además, el magistrado subraya que las cartas no fueron suscritas por el director del máster, sino por la propia mujer de Pedro Sánchez como codirectora, sin que conste que existiera reunión previa en la Complutense ni autorización expresa del responsable académico para ello. Peinado también indica que no se ha detallado el motivo por el que fue ella quien firmó esos documentos.

El eje: el tráfico de influencias

El juez Peinado sostiene que estos hechos pueden encajar en un delito de tráfico de influencias, en tanto en cuanto particular que influye sobre autoridades o funcionarios prevaliéndose de su relación personal con el presidente del Gobierno. Esa posición le habría permitido acceder a interlocuciones "institucionalmente excepcionales".

El magistrado añade que la condición de "esposa de" habría podido facilitar esa capacidad de influencia, en un contexto en el que se produjeron reuniones en la Moncloa y contactos con distintos actores públicos y privados vinculados al desarrollo de la cátedra y del proyecto TSC. También apunta que, desde la llegada de Pedro Sánchez a la Secretaría General del PSOE y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, pudieron adoptarse decisiones públicas favorables a ese proyecto, que habrían sido posibles gracias a un "aprovechamiento singular" de esa posición relacional.

Peinado deja claro que este delito actúa como el eje de toda la causa, y es el origen de los otros tres. Según su razonamiento, sin esa supuesta influencia derivada de la relación personal Gómez-Barrabés, no podría sostenerse el resto de delitos que se investigan, como la corrupción en los negocios, la malversación o la apropiación indebida vinculada al desarrollo del software asociado a la cátedra.

En concreto, el delito de corrupción en los negocios se vincula a la posible adjudicación irregular de contratos públicos a empresas relacionadas con Barrabés. La hipótesis del juez es que ese supuesto trato de favor en los procedimientos de Red.es no podría entenderse sin la capacidad previa de acceso e interlocución derivada de su posición personal.

Respecto de la malversación, Peinado se apoya en la eventual utilización indebida de recursos públicos en favor del proyecto universitario de Begoña Gómez, ya sea a través de adjudicaciones o del impulso institucional de la cátedra. El togado conecta este delito con el tráfico de influencias ya que considera que sin esa supuesta prevalencia no se habrían producido decisiones administrativas con impacto económico.

Finalmente, el juez sitúa la posible apropiación indebida en el desarrollo del software vinculado a la cátedra TSC, financiado con aportaciones de empresas. La presunta apropiación de ese activo por parte de la mujer de Pedro Sánchez tampoco puede desligarse del resto de hechos investigados, ya que el origen de todo el entramado, incluida la captación de financiación de fondos, estaría en esa relación privilegiada y en la capacidad de influencia que se analiza como núcleo de la causa.

La génesis de la cátedra

Peinado sitúa el origen de la cátedra en una serie de actuaciones que, según el juez, deben leerse de forma conjunta. Entre ellas, destaca la reunión en el complejo de la Moncloa entre Begoña Gómez y el rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache, quien declaró que apenas la conocía previamente y que su referencia sobre ella era su condición de esposa del presidente del Gobierno.

A partir de ese encuentro, el instructor recoge el testimonio del entonces vicerrector de Relaciones Institucionales, Juan Carlos Doadrio, quien afirmó que el rector le trasladó que "hay que crear una cátedra" para la mujer del presidente del Gobierno. El auto añade que dicha reunión en Moncloa no fue comunicada inicialmente a este responsable universitario, lo que interpreta como un indicio de presión en la toma de decisiones.

El magistrado también pone el foco en diversos elementos que, a su juicio, evidencian irregularidades en la creación de la cátedra: desde la ausencia inicial de un título superior en el perfil de Gómez —que posteriormente se habría subsanado con la incorporación formal de otro profesor— hasta la falta de comprobación de su currículo y la rapidez con la que se tramitó todo el proceso.

Finalmente, el auto describe una secuencia de actuaciones que vincula el desarrollo académico con intereses posteriores: el registro de la marca TSC, la participación de Barrabés en su diseño, la creación de la cátedra, el avance de un software asociado, el registro de un dominio web a título personal y su posterior transmisión a Gómez, así como la constitución de una sociedad mercantil con el mismo nombre.

Con el rechazo frontal de la Fiscalía desde que arrancó las pesquisas hace ya dos años, y que llevaron a Pedro Sánchez a tomarse unos días de reflexión para decidir si le merecía la pena seguir en Moncloa, Peinado ha propuesto finalmente juzgar a Begoña Gómez por estos cuatro delitos, a su asesora Cristina Álvarez por malversación y a Barrabés por corrupción en los negocios y tráfico de influencias.

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