Economía

La CNMC, contra Nadal: el decretazo para prohibir cerrar centrales eléctricas es ilegal

El supervisor considera que el Gobierno no puede cambiar la Ley Eléctrica con un mero decreto y que las nuevas medidas son contrarias a la legislación de la UE. Cree que se puede cerrar parte del carbón sin riesgo para el sistema eléctrico.

Central de carbón de Iberdrola en Velilla (Palencia). La compañía ha solicitado al Gobierno el cierre de la planta térmica.

Central de carbón de Iberdrola en Velilla (Palencia).

Otro encontronazo entre la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) y el Ministerio de Energía, comandado por Álvaro Nadal. En pleno enfrentamiento por las competencias para controlar la mitad del recibo de la luz (que incluso ha supuesto que Bruselas abra a España un proceso sancionador), el supervisor carga con dureza contra el decretazo del Gobierno para prohibir el cierre de centrales eléctricas.

El Ministerio de Energía ha elaborado un decreto para ampliar los criterios por lo que podrá vetar el cierre de todo tipo de centrales (nucleares, de gas, de carbón, hidroeléctricas…) cuando lo soliciten las compañías eléctricas. La legislación vigente habilita al Gobierno a vetar la clausura de una instalación si supone un riesgo para la seguridad de suministro eléctrico, pero Nadal pretende ampliar su poder de rechazo si puedo implicar una subida de los precios de la electricidad, si afecta a la competencia o no se ajusta a la planificación energética del Ejecutivo.

La CNMC ha aprobado un informe sobre el texto del real decreto enormemente crítico con los criterios adicionales introducidos y con la intención del Gobierno de subastar las centrales eléctricas que las compañías se nieguen a explotar contra el criterio oficial. El organismo considera que el decretazo es ilegal, tanto por el procedimiento legislativo elegido como por no ajustarse a la legislación española ni a la de la Unión Europea.

La CNMC subraya que el Gobierno no puede modificar por la puerta de atrás el contenido de una ley mediante un real decreto. Y es lo que considera que hace el Ministerio de Energía, al modificar los criterios para prohibir cierre de centrales incluidos en la Ley del Sector Eléctrico aprobando un mero decreto para hacerlo. Con un decreto el Ejecutivo podría desarrollar los requisitos que se recoge en una norma con rango legal, pero no modificarlos y ampliarlos como efectivamente ha hecho.

La CNMC considera que tanto los nuevos criterios como el mecanismo de subasta para ceder la central a otra compañía no pueden implementarse por no estar incluidos ni en la Ley del Sector Eléctrico española ni en la normativa comunitaria. El supervisor critica que con el decreto el Ministerio de Energía se arroga una “excesiva discrecionalidad” y que con ello provoca “inseguridad jurídica”.

“Los nuevos criterios que plantea el Ministerio en su Proyecto de Real Decreto no están suficientemente desarrollados ni previstos en la normativa vigente. Además, le confieren un excesivo  margen de discrecionalidad y estima que crean inseguridad jurídica para las nuevas inversiones, pudiendo resultar contraproducentes para la competencia en el sector eléctrico”, se apunta desde el organismo presidido por José María Marín Quemada.

La CNMC advierte, en paralelo, de que la intención del Gobierno de conceder una compensación a un tercero por mantener abierta una central si la subasta queda desierta “sería una ayuda de Estado conforme a la normativa de la Unión Europea, lo cual aconseja que se notifique previamente la propuesta a la Comisión Europea”.

Prescindir de la mitad del carbón sin riesgo

La CNMC va más allá de la mera interpretación del decreto y enmarca su rechazo a la nueva norma en el actual escenario de sobrecapacidad de generación de todo el sector eléctrico nacional. Y es que el supervisor considera que, con una potencia total instalada de 105.000 megavatios (MW) y con una punta de demanda máxima de 46.000 MW “se podría prescindir sin riesgo de una parte significativa del paquete de carbón existente”.

En concreto, según las estimaciones del supervisor, se podría prescindir de entre 3.000 y 5.000 MW de potencia de generación (entre un 30% y un 50% de la capacidad de carbón) hasta 2020 sin suponer un peligro para la seguridad de suministro eléctrico.

Además, el organismo calcula que no resulta necesario incorporar nueva capacidad de producción hasta 2021 si se mantiene el parque operativo actual. Y también augura que con la demanda eléctrica creciendo a un ritmo de un 1% anual y con el parque de generación actual (restándole la mitad de la potencia de carbón que considera innecesaria) no harían falta nuevas instalaciones de generación hasta 2028.

Hibernación de centrales

El supervisor aprovecha el informe para defender que se habilite el mecanismo para que las eléctricas puedan solicitar la hibernación de algunas de sus centrales eléctricas. Una posibilidad contemplada en la Ley del Sector Eléctrico, pero para la que el Gobierno no ha aprobado el reglamento para llevarla a la práctica por las compañías.

“Ante esta situación de sobrecapacidad del parque de generación se constata en la actualidad una falta de desarrollo normativo que permita la hibernación temporal de las centrales de generación”,  subraya el organismo. El año pasado 14 centrales de gas funcionaron menos de 500 horas en todo el ejercicio, por lo que el cese temporal del funcionamiento de las instalaciones parecería justificado, como han venido reclamando las propias compañías eléctricas desde hace años.

“El exceso de capacidad debería analizarse sin precipitación y teniendo en cuenta que los consumidores españoles, desde la liberación del sector eléctrico, han sufragado importantes pagos por la disponibilidad de centrales y otros conceptos”, subraya la CNMC. Los consumidores pagan a través de sus recibos de luz cerca de 700 millones al año para subvencionar centrales infrautilizadas. Según el supervisor, si se hubieran podido hibernar unos 6.700 MW de bajo uso, los consumidores se habrían podido ahorrar 170 millones de euros al año en pagos por capacidad.

El informe del supervisor no es vinculante: esto es, el Gobierno puede seguir adelante con el proceso a pesar de que lo considere ilegal. Fuentes del sector eléctrico, no obstante, considera que "el Ejecutivo no puede desoír un informe técnico de la CNMC y que tampoco lo debería hacer el Consejo de Estado", que es el órgano que debe ahora analizar (y avalar o rechazar) el proyecto de real decreto del ministro Nadal.

El Gobierno llevaba meses buscando apoyos parlamentarios para sacar adelante el nuevo poder de veto ante el cierre de centrales mediante una ley. Pero no los encontró, y el Ministerio se lanzó a aprobar un proyecto de real decreto para impulsar la nueva normativa después del órdago de Iberdrola de solicitar cerrar sus dos últimas centrales de carbón en España. Las dos centrales que Iberdrola quiere clausurar, las de Velilla (Palencia) y Lada (Asturias), suman una potencia de 874 MW, frente a los entre 3.000 y 5.000 MW que la CNMC calcula que pueden dejan de funcionar sin riesgo.

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