La Audiencia Nacional ha rechazado la petición del coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos de ejecutar provisionalmente la sentencia que anuló su destitución como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid, al entender que de llevarse a efecto antes de que se resuelva el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio del Interior se podrían producir "perjuicios de imposible reparación".

Así lo ha decidido el Juzgado Central Contencioso-Administrativo 8 en un auto fechado este miércoles, resolviendo la petición que había formalizado Pérez de los Cobos semanas después de que la Audiencia Nacional respaldara su postura y dictara sentencia a favor de su regreso al puesto. Pérez de los Cobos fue apartado tras negarse a informar a sus superiores sobre las diligencias que practicaba la Guardia Civil en funciones de Policía Judicial en el marco de la investigación del caso 8-M.

En su petición de reincorporación inmediata al frente de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid, el coronel hacía ver que lleva sufriendo "daños irreversibles y de imposible reparación" desde que hace un año fue destituido "mediante un acto nulo y arbitrario que incurre en desviación de poder", como ha acreditado la sentencia de instancia. El coronel entiende que ese perjuicio se acentuaría si se espera a que el fallo sea firme, por cuanto corre el riesgo de alcanzar la edad que marca el paso a la reserva.

También esgrimí que se vería mermado el cómputo de su tiempo de destino ante el eventual ascenso a general de brigada. En su escrito, Pérez de los Cobos recordaba que al Jefe de la Comandancia de Madrid le corresponde una puntuación de 0,0156 por día de ejercicio, mientras que al de Jefe de la Intervención Central de Armas y Explosivos -su ocupación actual- sólo le pertenecen 0,006. La Abogacía del Estado, por su parte, ha reducido la diferencia a "una milésima".

La Audiencia Nacional no acoge las pretensiones del veterano oficial de la Guardia Civil sobre el supuesto carácter irreversible del perjuicio si no se le admite nuevamente en el puesto del que fue apartado. En este sentido, el magistrado Celestino Salgado recuerda que la posibilidad de ascender al empleo de general es "una mera expectativa" y donde "no prima la puntuación obtenida en el correspondiente proceso de evaluación".

El juez cree que se producirían "perjuicios de imposible reparación" si se ejecutara ya la sentencia

"El procedimiento de ascenso a general de brigada no se produce por estricto orden de puntuación derivado del proceso de evaluación, como ya ha comprobado el demandante con los ascensos a General de Brigada acordados este último mes de marzo mediante Real Decreto 153/2021, 154/2021 y 155/2021, a pesar de contar con la mejor a pesar de contar con la mejor puntuación", expone. Pérez de los Cobos ocupó el puesto número uno, pero el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, optó por promocionar a los colocados en los puestos 2, 3 y 4.

El juez también basa su decisión en que, en caso de que se confirmara la sentencia de instancia, podría reincorporarse al puesto del que fue apartado dado que no pasaría a la situación de reserva hasta el 13 de diciembre de 2014. "La posibilidad de que fuera admitido a trámite un eventual recurso de casación es una mera hipótesis que no podemos tener en cuenta en el momento actual", subraya.

El titular del Juzgado Central Contencioso-Administrativo 8 considera que la reincorporación del recurrente al puesto obligaría a una "reorganización" del personal tanto en la Comandancia de Madrid como en la Intervención Central de Armas y Explosivos "con la consiguiente afectación de personas que ocupan puestos" en ambos destinos y eventualmente en las evaluaciones por razón del puesto ocupado en las que "sí priman las puntuaciones obtenidas en el proceso de evaluación (ascenso a teniente coronel, comandante, subteniente y brigada).

"Situaciones irreversibles"

"Debemos concluir que la ejecución provisional de la Sentencia que, si bien no podemos determinar en este momento que pueda abocar a situaciones irreversibles, sí es susceptible de producir perjuicios de imposible reparación. Y, en consecuencia, no ha lugar a la ejecución provisional de Sentencia interesada", resuelve el juez Celestino Salgado, que no condena en costas.

Diego Pérez de los Cobos confiaba en que el juzgado atendiera su petición, lo que le hubiera permitido volver a la Jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid antes de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional resuelva el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado en nombre del Ministerio del Interior. El coronel fue destino a dicho puesto tras su etapa en el Gabinete de Coordinación y Análisis de la Secretaría de Estado de Seguridad.