Política

CASO NÓOS | LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO

Iñaki Urdangarin consiguió "mover voluntades" por ser el "yerno del Rey"

Iñaki Urdangarin y Cristina de Borbón.

Iñaki Urdangarin y Cristina de Borbón. EP

El marido de la infanta Cristina, Iñaki Urdangarin, ya tiene sentencia firme. El Tribunal Supremo ha acordado este martes por unanimidad condenar a cinco años y diez meses de prisión al ex Duque de Palma como responsable de delitos por delitos de malversación, prevaricación, fraude, dos delitos fiscales y tráfico de influencias en el marco del caso Nóos.

En la sentencia, la Sala -compuesta por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena (presidente), Miguel Colmenero y Antonio del Moral (ponente)- sostienen que el ex Duque de Palma consiguió “mover voluntades” gracias a ser el yerno del Rey. También aseguran los magistrados que utilizó su matrimonio como “trampolín institucional”.

En la resolución, de 353 páginas, los jueces explican que está "acreditado que el acusado" gracias a la situación de privilegio de que disfrutaba como consecuencia de su matrimonio con una hija de quien era entonces Jefe del Estado consiguió mover "la voluntad" tanto del ex director general de Deportes del Gobierno balear, José Luis Ballester, como del ex ministro Jaume Matas para obtener la contratación con la Asociación Instituto Nóos.

La Sala sostiene que “es de destacar que el logro del influjo ejercido desde el trampolín de su privilegiada posición no se limita a la contratación, sino también y particularmente a la exclusión de toda concurrencia posible obviando las condiciones, presupuestos y proyectos que otras empresas podían ofrecer mejorando las fijadas casi unilateralmente por el recurrente y su socio Diego Torres”.

Asimismo, el Supremo también condena a 5 años y 8 meses al ex socio de Urdangarin, Diego Torres, por malversación, prevaricación y fraude a la Administración, y le absuelve de los delitos tráfico de influencias, blanqueo y falsedad.

La infanta, partícipe a título lucrativo

En su sentencia, la Sala Segunda confirma el resto de pronunciamientos de la Audiencia de Mallorca, incluida la condena a 3 años y 8 meses de cárcel al expresidente balear Jaume Matas. El resto de penas ratificadas son las siguientes: 15 meses al ex director general de Deportes de dicha comunidad José Luis Ballester; 15 meses al ex gerente de la Fundación Illesport Gonzalo Bernal; 1 año al ex gerente del Instituto Balear de Turismo Juan Carlos Alía; y 1 año de cárcel al ex asesor jurídico de dicho Instituto Miguel Àngel Bonet. Se confirman además las absoluciones dictadas por la Audiencia balear. A los cuatro últimos se les sustituye la pena de prisión por una multa al aplicarles la atenuante de colaboración y reparación del daño.

Además, el Supremo confirma la responsabilidad de partícipes a título lucrativo de la de Torres, Ana María Tejeiro, y de Cristina de Borbón de los delitos de malversación de caudales públicos y fraude a la Administración cometidos por sus cónyuges. Sin embargo, estima en parte el recurso de Ana María Tejeiro en relación a su declaración de responsabilidad como partícipe a título lucrativo del delito fiscal de su marido, lo que por extensión se aplica también a la infanta respecto a los dos delitos fiscales cometidos por su marido, al argumentar que no es posible la participación a título lucrativo en delitos de defraudación tributaria.

Una vez que ha resuelto en sentencia firme el Supremo, la decisión de si Iñaki Urdangarin entra ya en la cárcel dependerá de la Audiencia de Palma. Será el tribunal que enjuició los hechos el que determine cuándo debe ingresar en prisión el marido de la Infanta Cristina. La Audiencia de Palma ya ha convocado al ex Duque este miércoles a las 9 horas para comparecer y comunicarle en persona su ingreso en prisión.

El amparo o indulto

Sin embargo, existen altas probabilidades de que Urdangarin acuda al Constitucional por presunta vulneración de derechos fundamentales. El cuñado de Felipe VI podría solicitar entonces que, de forma cautelar, se paralice la ejecución de sentencia. Esa posibilidad no parece factible a tenor de los precedentes, en los que primó el criterio de que una condena superior a cinco años no impediría el ingreso en prisión del condenado, explican fuentes del Constitucional a El Independiente.

Paralelamente, el marido de Cristina de Borbón puede solicitar al Gobierno de Pedro Sánchez que lo indulte. En ese caso, sería el tribunal sentenciador, es decir, la Audiencia de Palma  quien debería decidir si se paraliza el ingreso en la cárcel de Iñaki Urdangarin mientras se tramita el mismo. Así lo recoge el artículo 4 del Código Penal.

En caso de no acudir al Constitucional ni pedir la medida de gracia al Ejecutivo, el marido de la Infanta Cristina podría elegir el centro penitenciario en el que cumplir la condena si se presenta voluntariamente una vez que se lo notifique la Audiencia de Palma.

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