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Anticorrupción pide archivar la investigación de Corinna y Villarejo que afecta al Rey Juan Carlos

El Ministerio Público sólo continuará investigando si realmente se cobraron comisiones en la adjudicación del contrato del AVE a La Meca, como reveló la amiga íntima de Juan Carlos I en la conversación grabada por el comisario de policía ya retirado

Corinna y Juan Carlos I.

Corinna y Juan Carlos I.

La Fiscalía Anticorrupción ha pedido este viernes el archivo de la causa abierta contra la princesa Corinna y el comisario de policía ya jubilado José Manuel Villarejo y que afectaba al rey emérito al entender que no existen indicios de delito en la actuación de Juan Carlos I, si bien ve motivos para abrir una investigación al margen de este procedimiento por el posible cobro de mordidas por parte de "ciudadanos españoles y extranjeros fuera del territorio nacional" en relación con el AVE a La Meca.

Como ha adelantado El Independiente, el Ministerio Público ha solicitado al instructor de la operación Tándem que dé carpetazo a estas pesquisas que han salpicado al propio ex jefe del Estado y que se enmarcan en la pieza separada denominada Carol, actualmente bajo secreto de sumario.

Tal y como consta en las grabaciones que forman parte de esta causa, la amiga del rey emérito habría contratado a Villarejo para solucionar un problema del político británico Ben Goldsmmith con el fisco español. Se da la circunstancia de que cuando Corinna zu Sayn-Wittgenstein se reunió en el año 2015 en Londres con el entonces comisario en activo y vinculado a las cloacas del Estado éste la grabó mientras ella afirmaba que Juan Carlos I la utilizó como testaferro para ocultar patrimonio y propiedades en el extranjero y que contaba con cuentas en Suiza a nombre de su primo.

Sin embargo, el Ministerio Fiscal considera que, una vez analizada las grabaciones y el resto de material probatorio obrante en la causa, no hay indicios ni como para derivar la investigación sobre el monarca a la Sala Segunda del Tribunal Supremo –donde estaría aforado- por un delito contra la Hacienda Pública ni tampoco como para continuar con la tramitación del procedimiento penal donde se encuentran investigados tanto la íntima amiga del Rey como Villarejo.

La Fiscalía considera "débiles" los indicios contra el hoy rey emérito y recuerda que era inviolable cuando sucedieron los hechos

En relación con el supuesto terreno de Marrakech (Marruecos) que se habría puesto a nombre de Corinna y que posteriormente le habrían pedido que lo transmitiera a un familiar del Rey, según desliza la empresaria germano-danesa en la cinta, Anticorrupción considera que los datos "no son suficientes" para iniciar una investigación penal "de naturaleza prospectiva" cuando no existe elementos que permitan sospechar que tal terreno proceda de una actividad ilícita. En todo caso, cuando sucedieron los supuestos hechos Juan Carlos I gozaba de inviolabilidad al no haber abdicado aún. El relevo en la Jefatura del Estado se anunció el 2 de junio de 2014 y se hizo efectiva 16 días después.

Tampoco ve sustancia a la afirmación de que el Rey dispondría de cuentas bancarias en Suiza a través de un familiar que reside en Mónaco, persona que supuestamente abonó gastos del monarca. "Una vez más los datos son notoriamente insuficientes para avanzar en la tramitación de esta pieza, pues aluden a una posible cuestión fiscal que no es susceptible de mayores indagaciones pues el hipotético requerimiento de información a las autoridades suizas –se desconoce incluso la ciudad o ciudades concretas– no permitiría ir más allá de lo que se conoce en el ámbito de la cooperación internacional como una fishing expedition. Todo ello sin perjuicio de las actuaciones que pueda llevar a cabo en sede administrativa la Agencia Tributaria", expone.

Comisiones del AVE a La Meca

Sí, en cambio, atisba la posible comisión de delito si se confirma que empresas españolas pagaron comisiones ilícitas -unos 80 millones de euros- por obtener en octubre de 2011 el megacontrato para la construcción del AVE a La Meca, cifrado en 6.300 millones de euros.  Según la versión de la amiga del Rey, la multinacional española OHL obligó a todas las sociedades que participaron en el citado proyecto a pagar mordidas. Ese dinero presuntamente se habría hecho llegar a la mujer de un empresario saudí, quien -siempre según la versión de Corinna- habría entregado la mitad a un empresario español y éste a su vez lo habría transferido parcial o totalmente al hoy rey emérito.

A este respecto, la Fiscalía considera que las referencias a comisiones ilegales son "más concretas" al identificarse el nombre del proyecto, las personas supuestamente implicadas, el importe del encargo y el montante de las mordidas, información complementada por "otros documentos hallados" en el curso de la investigación.

Con todo, Anticorrupción considera "extraordinariamente débiles" los indicios sobre la eventual participación de Juan Carlos I en los hechos, "pues consisten en la mera referencia que hace una persona que no aparece directa ni indirectamente implicada en los pagos y que tampoco manifiesta la razón de su conocimiento". A ello se suma el hecho de que, en 2011, el hoy rey emérito no había abdicado y por tanto era inviolable.

'Exculpado' el monarca, los fiscales no obstante ven pertinente iniciar una investigación para aclarar el presunto cobro de comisiones al apreciar indicios de un posible caso de corrupción en las transacciones comerciales internacionales, pero al margen de la Operación Tándem por no existir conexión alguna con los hechos que se investigan en la pieza separada denominada Carol.

En este sentido, el Ministerio Público recuerda que se trataría de un delito cometido por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional, por lo que su persecución en España exige la interposición de querella por la persona agraviada o por el Ministerio Fiscal. "Con la información disponible, la interposición de una eventual querella por el Ministerio Fiscal exigiría no solo la acreditación de los indicios de criminalidad sino también una valoración previa acerca de la concurrencia de las condiciones legales exigidas para fundamentar la competencia de la jurisdicción penal española, así como del resto de circunstancias que conforme al apartado 5 del artículo 23 de la LOPJ [Ley Orgánica del Pôder Judicial] excluirían la perseguibilidad en España de los delitos de corrupción en las transacciones económicas internacionales cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional", añade.

"Encargo del Estado"

El pasado 26 de julio el magistrado de la Audiencia Nacional tomó declaración por estos hechos a José Manuel Villarejo, limitándose el agente –en prisión desde el pasado mes de noviembre- a informar de que se reunió con Corinna  en la capital inglesa con el objeto de solucionar los "problemas" que ella tenía entonces con Juan Carlos I y que lo hizo "por encargo del Estado".

En paralelo, Anticorrupción sí considera perseguible y relacionados con los hechos que investiga el Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional la prestación de servicio que, a través de su estructura societaria, habría ofrecido el comisario ya retirado José Manuel Villarejo a Corinna zu Sayn-Wittgenstein en relación con los problemas con Hacienda que el político Ben Goldsmmith tendría para desarrollar un suelo en España.

A la espera de determinar si ese servicio se concretó, el Ministerio Público considera que los hechos podrían ser constitutivos de delitos de cohecho pasivo y cohecho activo, si bien se habría consumado en todo caso fuera del territorio nacional "desde el momento en que se produce una oferta de prestación de servicios por parte del funcionario público y la correspondiente aceptación del particular que ofrece la correspondiente dádiva o retribución del servicio". La persecución de este delito cometido presuntamente cometido fuera de España requeriría igualmente la interposición de querella por parte de la Fiscalía.

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