La Fiscalía ha recurrido este viernes la decisión del titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Castilla y León de conceder dos permisos semanales de salida de prisión a Iñaki Urdangarin para que ejerza labores de voluntariado en un centro de discapacitados en Pozuelo de Alarcón (Madrid).

Según informan fuentes fiscales a El Independiente, el Ministerio Público acaba de presentar el recurso contra la decisión adoptada por el juez de Vigilancia que, en contra del fiscal de Valladolid, ha decidido autorizar que el ex Duque de Palma abandone dos veces a la semana, durante ocho horas cada día, el módulo de la cárcel abulense de Brieva. Este jueves fue el primer día que el marido de la infanta Cristina acudió a realizar su labor de voluntario con un buen fin social.

La Fiscalía ve como opción ante el aislamiento de Urdangarin su reubicación en otra prisión donde tenga contacto con presos

La Fiscalía entiende que si el problema es el aislamiento al que está siendo sometido el reo existen otras opciones antes que concederle permisos para salir de prisión cuando todavía no ha cumplido ni una cuarta parte de la condena. Por ejemplo, que Instituciones Penitenciarias lo reubique en otro centro donde mantenga contactos con otros presos.

En el recurso el fiscal explica que “el señor Urdangarín ingresó voluntariamente y lo hizo escogiendo el centro penitenciario de Ávila con conciencia plena de las condiciones en las que se va a desarrollar el cumplimiento de la condena. No consta al Ministerio Fiscal que haya solicitado en ningún momento el traslado de centro”.

“El interno no está sometido a un régimen de aislamiento impuesto de modo forzoso por la administración penitenciaria como reiteradamente se afirma en la resolución” donde se le conceden los permisos de salida. “Es cierto que la responsabilidad en cuanto al lugar donde se desarrolla la condena le corresponde a la Administración Penitenciaria que no puede aceptar un cumplimiento de condena en condiciones que perjudiquen al interno, más allá del hecho de la propia pérdida de libertad, pero eso no significa que, no dándose perjuicio alguno hoy por hoy en el interno, la Administración penitenciaria modifique la situación”, subraya la fiscal Soledad Martín Nájera.

En la resolución donde el magistrado accedió a que fuera excarcelado –en virtud del artículo 117 del Reglamento Penitenciario- se sostiene que Urdangarín, que se encuentra aislado en un módulo de cárcel de mujeres de Brieva, “no ha elegido el asilamiento como forma de cumplimiento, porque es algo que no está en su mano: se le ha impuesto”. “El recurrente puede que haya elegido ingresar en el Centro Penitenciario Ávila que, como es sabido, es centro de mujeres, pero quien ha decidido que siga allí es la Administración, que es quien fija el centro de cumplimiento”, recalcó el juez.

Por su parte, el magistrado dictó este viernes una providencia donde sostiene que “queda terminantemente prohibido cualquier comunicación con los familiares en el horario establecido de salidas, incluidas las llamadas telefónicas u otros medios de similar eficacia, incluido mensajería de whatsapp, skype, etc”.

Además, el juez de Vigilancia penitenciaria recalca en dicha resolución que el interno no puede salir de las instalaciones del centro de discapacitados “salvo en caso de acompañamientos de las personas a su cargo en sus paseos por las inmediaciones”.