Rocío ha hablado. Por primera vez en 25 años, un canal de televisión, Telecinco, le ha dado la oportunidad de contar su versión de la historia que ha vivido como esposa, madre y exmujer de Antonio David Flores, quien durante todo este tiempo había tenido a su disposición el púlpito desde el que ha relatado su relación con la hija de Rocío Jurado. Ahora que Rocío ha contado -y sigue contando- su parte, las redes, los programas del corazón e incluso algunos representantes políticos, como Irene Montero, Adriana Lastra o Íñigo Errejón, la han convertido en el adalid de las víctimas de violencia de género física y, sobre todo, psicológica.

Más allá de la versión que Antonio David ha tenido la oportunidad de defender en los platós de televisión y en el papel couché durante todos estos años y de la que ahora aporta Rocío Carrasco en la conocida docuserie que protagoniza, hay una tercera verdad: la jurídica. El Independiente ha tenido acceso a una serie de resoluciones de los recursos interpuestos por la expareja Flores-Carrasco ante la Audiencia Provincial de Madrid, en los que mostraban su disconformidad con autos emitidos por el Juzgado de Violencia sobre la mujer número 1 de Alcobendas (Madrid) a lo largo de varios años.

La Sección 27 de la Audiencia de Madrid le ha quitado la razón a Rocío Carrasco en cuatro ocasiones, que se reparten entre febrero de 2018, momento en el que pidió que su ex marido no se comunicase con ella y que no divulgase datos sobre ese procedimiento en los medios de comunicación, hasta septiembre del pasado año, cuando solicitó que se abriesen diligencias contra Antonio David por haber provocado con la noticia de su participación y la de la hija de ambos, Rocío Flores, en Gran Hermano VIP que en Rociíto se generase una situación de estrés tal que culminó con su conocido intento de suicidio.

Las tres magistradas de la Audiencia Provincial que se hicieron cargo del primer recurso de Carrasco sobre un auto emitido por el Juzgado de Alcobendas en diciembre de 2017 -María Tardón Olmos, María Teresa Chacón Alonso y Elena Perales Guilló- rechazaron las pretensiones de la denunciante, que quería que se prohibiese a Antonio David mantener cualquier tipo de comunicación con ella. La Sala manifestó que el contacto entre ambos miembros de la expareja se había roto hacía años, por lo que "si no hay comunicación entre las partes, no hay comunicación que evitar".

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Asimismo, la hija de La más grande perseguía que no se permitiese "al investigado -Antonio David- y a personas allegadas al mismo, como sus propios hijos e hijos de la denunciante -Rocío y David Flores-, de su propia esposa -Olga Moreno- y cualquier miembro de la familia de los mismos" que revelasen información de ese proceso judicial, de los informes psicosociales realizados y datos relativos a Rocío Carrasco y a su marido, Fidel Albiac, en los medios de comunicación. Las magistradas, que consideraron "a todas luces improcedente" que se incluyese en esa petición a personas ajenas al proceso, razonaron, además, que no existía una disposición a nivel judicial que permitiese tomar esa medida cautelar contra Antonio David. En el caso de que hubiesen cedido a los deseos de Rociíto, habrían vulnerado la libertad del exmarido de expresión e información.

Rocío Carrasco se negó a que su hija declarase

Meses después, en noviembre de 2018, este mismo tribunal, aunque con dos magistrados nuevos, esta vez una mujer -Consuelo Romera Vaquero- y un hombre -Javier María Calderón González-, decidió rechazar el recurso que Rocío Carrasco presentó ante un auto que acordó el archivo de los delitos de incumplimiento de custodia por parte de Antonio David. En este caso, la denunciante opina que no se recogieron en el proceso anterior las pruebas suficientes para proceder al sobreseimiento del caso. Al tribunal le "llama poderosamente la atención" que ella haga este planteamiento, cuando no se rechazó ninguna prueba de las aportadas por Carrasco durante el proceso, y, por su parte, que la madre se negase a que Rocío Flores declarase durante el caso, como propuso la Fiscalía.

Los magistrados estudian los delitos que Carrasco le atribuye en este texto a Antonio David: dos de quebrantamiento de los deberes de custodia y de inducción de los menores al abandono del domicilio, uno por cada hijo, y de un tercer delito de sustracción de menores. Para reforzar su posición, la denunciante argumenta que se había modificado en "numerosas ocasiones" el acuerdo de custodia al que llegaron en 2005 y alega que "de forma reiterada" el exmarido ha incumplido con el deber de pagar la pensión de los hijos. La Justicia expuso entonces que estos cambios en la custodia eran normales y que, salvo que se tratase de "comportamientos más graves e intolerables para la convivencia", no podía fallar en favor de Rocío Carrasco.

No obstante, la sección 5ª de la Audiencia Provincial de Madrid -en otra pieza independiente- confirmó hace tres semanas que Antonio David tendrá que pagar 60.000 euros de fianza por el procedimiento por insolvencia punible y estafa procesal que interpuso contra él Rocío Carrasco por el impago continuado de la pensión alimenticia de los dos hijos. La madre considera que su ex marido se declaró insolvente ante las autoridades judiciales, a pesar de haber cobrado casi 200.000 euros a través de sociedades a nombre de Olga Moreno, para no abonar la pensión de los niños.

No cabía indicio, según dictó la Audiencia Provincial, para atribuirle a Antonio David un delito de inducción de un menor para que abandone el domicilio familiar, puesto que esta infracción se asigna solo a personas ajenas al núcleo familiar. La hija de La más grande insinuó que Rocío Flores no fue solo inducida a abandonar el domicilio de la madre, sino también a mantener una actitud agresiva con ella influenciada por el padre, que desencadenó la agresión de Rocío Flores a su madre 2012. La jueza, de nuevo, rechaza este supuesto, y recalca que la defensa de Carrasco no propusiese como testigo al chófer que presuntamente habría escuchado la conversión de la hija con el padre tras los hechos.

Rociíto denuncia, a su vez, la sustracción de su hijo menor en el verano de 2016, que habría impedido que David acudiese a la boda de su madre con Fidel Albiac. En este punto, Carrasco permitió que el joven estuviese con su padre de vacaciones no sólo el mes de julio, sino también en agosto, convencida de que el menor asistiría al enlace el 7 de septiembre de 2016. No ocurrió. El tribunal insiste en que el padre resaltó que "el menor se negaba a volver al domicilio materno".

Rocío Flores: mentiras y "comportamiento mediatizado"

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Destaca el tribunal que la defensa de Rocío Carrasco no mencionó en el recurso extractos del informe realizado por el Juzgado de Menores en 2012, cuando Rocío Flores fue condenada por haber agredido a su madre. En ese documento, se recogen hechos tan importantes como que el comportamiento de la menor con respecto a su madre "parece estar mediatizado por los problemas legales que han tenido los progenitores a lo largo de su vida, recibiendo la menor presiones más o menos conscientes y adoctrinamiento más o menos consciente que dan como consecuencia el rechazo frontal a la madre" o que la niña, que ahora tiene 25 años, "utiliza la mentira contra su madre de forma abierta para conseguir unas ganancias como puede ser al aprobación en el núcleo paterno" la pretensión de la recurrente en este punto ha de ser desestimada.

En un tercer escrito, de noviembre de 2018, los mismos magistrados acordaron que no procedía un nuevo recurso de Rocío Carrasco. Una jueza de Alcobendas había propuesto previamente juzgar a Antonio David como presunto autor de lesiones psicológicas sobre la denunciante. En ese momento, el entonces procesado recurrió y la jueza aceptó su petición. La Audiencia Provincial confirmó, en dos ocasiones, que rechazaba llevar a Antonio David a juicio por un delito de lesiones psicológicas.

Intento de suicidio en 2020

"He estado muy mal. Vengo de no querer salir de mi casa, de no querer tener nada que ver con nadie y, cuando me llega la noticia de la participación de mi hija como defensora de su padre [en Gran Hermano VIP], se me pasaron los 20 años que he sufrido por la cabeza", confesaba Rocío Carrasco en Rocío, contar la verdad para seguir viva al hablar del acontecimiento que supuestamente provocó su intento de suicidio. La hija de Rocío Jurado denunció el 11 de marzo de 2020, días antes de que se decretase el primer estado de alarma, que la noticia de la participación de su exmarido y su hija -ella como defensora de su padre en plató- y la actitud de Antonio David en el programa de Telecinco le causaron un estrés que culminó con "una sobreingesta de medicamentos voluntaria" por parte de Carrasco.

La Sección 27 de la Audiencia insiste en la resolución del mismo tribunal de noviembre de 2018, en la que concluye que no se puede probar la responsabilidad de Antonio David en el daño psicológico que sufre la protagonista del documental, que se encuentra en tratamiento desde 2011. Según la resolución, la actuación de su exmarido "no puede y menos aún, tras el tiempo transcurrido, ser bastante para determinar que el investigado sea responsable de la enfermedad que la víctima padece".

"Difícilmente", señalan, "podrían tener encuadre en la órbita penal las sospechas o pensamientos de la recurrente de que la participación de su ex marido en el anteriormente indicado programa Gran Hermano hubieran de traducirse en un daño psíquico a la víctima que la condujera a la sobreingesta de medicamentos, al tratarse de una previsión de futuro". La Sección 27 de la Audiencia Provincial remarca que Rocío Carrasco rechazó ser entrevistada en el momento en el que tomó los medicamentos, y se negó, además, a someterse al tratamiento e ingreso que se consideró conveniente al derivarla desde el Hospital de Sanchinarro al HM Puerta del Sur, donde ingresó en un primer momento y donde fue dada de alta "por fuga".