Hoy se ha hecho historia en Estrasburgo. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha emitido el fallo a favor de una de las tres demandas planteadas por la inacción climática de los estados europeos para mitigar los efectos del cambio climático.
La demanda ha estado protagonizada por mujeres suizas de tercera edad agrupadas en la Asociación de Mujeres Mayores para la Protección del Clima o Verein KlimaSeniorinnen. Este grupo de mujeres ha denunciado a Suiza por fracasar en proteger sus derechos humanos y por su incapacidad de ajustarse a las políticas climáticas adecuadas para reducir las consecuencias del calentamiento global.
La presidenta del TEDH, Síofra O'Leary, señaló que Suiza había violado los derechos de esas mujeres porque se han constatado "lagunas críticas" en las políticas suizas contra el cambio climático. En concreto, los jueces europeos estimaron que Suiza incumplió sus obligaciones para con los derechos de estas ancianas para evitar que sufran los efectos del calentamiento global. Además, señalaron las carencias de la política suiza para cuantificar las limitaciones de sus emisiones de efecto invernadero y que el gobierno suizo no había respetado los objetivos que se habían establecido para reducir las emisiones.
Esta es una gran victoria para el activismo climático, sin embargo los jueces desestimaron la demanda que habían planteado seis jóvenes portugueses contra Portugal, pero también contra 31 otros países europeos a los que pretendían condenar por unas políticas insuficientes para mitigar el cambio climático.
Los jueces desestimaron sus alegaciones sin entrar a examinar el fondo del asunto en primer lugar porque los seis demandantes se saltaron una regla fundamental del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que es que hay que agotar las vías de recurso interno del país al que denuncian antes de llevar un caso a Estrasburgo. Los jóvenes habían argumentado que la urgencia climática les eximía de esa regla jurídica básica, pero el TEDH no aceptó esa tesis.
Además, los jueces europeos también señalaron que, para denunciar a otros Estados más allá de Portugal y aplicar un supuesto principio de extraterritorialidad porque su acción o inacción puede tener efectos para ellos, hay otros instrumentos jurídicos internacionales y el TEDH es el órgano competente para hacerlo.
Igualmente señalaron que no se puede dictar una política determinada a los Estados sobre lo que tendrían que hacer por los efectos que eso tendrá para personas fuera de su territorio o fuera de su autoridad y su control.
Pero más allá de este caso, que por la forma de su planteamiento ya suscitaba muchas dudas sobre la posibilidad de que saliera adelante, el movimiento contra el cambio climático recibió una nota de esperanza con el fallo a favor de las mujeres suizas.
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hace 7 meses
Espero que el gobierno suizo haga caso del TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS porque el de España según a quien afecte la sentencia lo hace o no, si se trata de etarras o independentistas si, si se trata de G.C. se la pasa por el forro, hay una sentencia de dicho tribunal del año 2001 la nº 69966-01 que esta sin EJECUTAR como otra del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Nº RA 871, fueron acusados de un DELITO DE SEDICIÓN ( que no cometieron) no lo digo yo, que también, lo dicen las dos sentencias, encarcelados y expulsados hace 38 años, no han sido REHABILITADOS, además de las dos sentencias a su favor hay tres RESOLUCIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, el ministro «antiguo magistrado» no lo hace, ni investiga la famosa » OPERACIÓN COLUMNA» donde SÍ se pudieron cometer DELITOS.