El Parlamento Europeo ha definido a Gibraltar como "colonia" en el muy importante Reglamento Sobre Exención de Visados, necesario a consecuencia del Brexit, para facilitar el tránsito entre la UE y Gran Bretaña. Exacta definición como consecuencia del artículo 21 del TUE, que determina que las actuaciones de la UE en la escena internacional deben ir acorde con el derecho internacional y, en consecuencia, con la doctrina de Naciones Unidas fijada en reiteradas ocasiones a través de sus resoluciones: en ellas se establece que Gibraltar es una colonia británica y, por ello, figura en la lista de territorios a descolonizar, en el Comité de Descolonización... con la precisión (resolución 2353) que no se le aplica el derecho de autodeterminación sino el de integridad territorial, como territorio usurpado a España.

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