El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha hecho públicas este lunes dos sentencias que anulan los proyectos lingüísticos de dos colegios catalanes que solo contemplaban el catalán como lengua vehicular. La Ley de educación catalana establece que cada centro debe definir su proyecto educativo, y dentro de él, el proyecto lingüístico.
La jurisprudencia del TSJC establece que se debe impartir "al menos" un 25% de las asignaturas en cada una de las lenguas oficiales, pero la mayoría de los centros catalanes incumplen este porcentaje en el caso del castellano, denuncia la Asociación por la Escuela Bilingüe (AEB). Esta organización destaca que las sentencias "tienen una trascendencia histórica" porque establecen un precedente que obligará a cambiar los proyectos lingüísticos del 95% de los centros públicos que sólo reconocen el catalán como lengua vehicular.
Efectos de la Lomloe
Las sentencias advierten además de que la nueva Ley de educación (Lomloe) no cambia la situación anterior respecto al reconocimiento del castellano como lengua vehicular de la enseñanza, porque éste "deriva directamente de la Constitución". El texto promovido por el Gobierno fue aprobado con el apoyo de los partidos nacionalistas e independentistas después de que ERC impusiera una enmienda en la que se eliminaba el reconocimiento expreso del castellano que sí recogía la Lomce.
Los republicanos defendieron entonces que esta enmienda sirve para blindar la inmersión lingüística en su marco actual. El Tribunal Superior de Justicia catalán advierte ahora, sin embargo, "la supresión por la Ley Orgánica 3/2020 de la mención de que 'el castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado' que se contenía expresamente en la Lomce, no altera el régimen del castellano como lengua vehicular reconocido por el máximo intérprete de la Constitución –el Tribunal Constitucional-, por el Tribunal Supremo y por este Tribunal Superior".
Tras estos fallos, la AEB reclamará al Departamento de Educación de la Generalitat "dicte las instrucciones pertinentes para que todos los proyectos lingüísticos se adapten al modelo constitucional y reconozcan el castellano y el catalán" como lenguas vehiculares de enseñanza.
"Se puede concluir que las sentencias dejan sin efecto el modelo de inmersión lingüística obligatoria en catalán" añade la AEB.
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