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¿Puede Pedro Sánchez acabar imputado ante el Tribunal Supremo por el 'caso Leire'?

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Palacio de La Moncloa
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Palacio de La Moncloa | Europa Press/ Jesús Hellín

La pregunta sobrevuela desde que la causa que germinó en la Audiencia Nacional como una investigación de supuestas irregularidades vinculadas a la SEPI derivó en el análisis de una presunta trama orientada a "proteger los intereses" del PSOE y del Gobierno y "desestabilizar" las causas judiciales que les afectasen. Sin embargo, según precisan fuentes jurídicas de total solvencia a El Independiente, entre los indicios que maneja hoy el juez Santiago Pedraz y una eventual imputación del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, existe todavía una larga cadena de decisiones procesales.

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La investigación judicial del 'caso Leire' nació a finales de 2025 alrededor del denominado grupo Hirurok —integrado por Leire Díez, el empresario Antxon Alonso y el expresidente de la SEPI Vicente Fernández— y de una serie de operaciones vinculadas al sector público. Meses después, el procedimiento ha adquirido una dimensión distinta. Los informes de la Unidad Central Operativa (UCO) y el propio juez instructor sitúan ahora el foco en una estructura que habría actuado para obtener información sensible sobre jueces, fiscales y mandos policiales relacionados con causas que afectaban al PSOE o al Gobierno.

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En ese desplazamiento del foco desde la SEPI hasta las denominadas 'cloacas del PSOE' han ido apareciendo, de forma recurrente, referencias al presidente del Gobierno. Pedro Sánchez no figura actualmente como investigado ni existe ninguna actuación judicial formal dirigida contra él. Pero el sumario ha ido acumulando conversaciones, mensajes y anotaciones que los investigadores consideran relevantes para reconstruir cuál era el grado de conocimiento que tenía la cúpula socialista sobre las actividades que presuntamente desarrollaban Leire Díez y las personas de su entorno.

Algunas de esas referencias proceden de conversaciones intervenidas por la Guardia Civil. Otras de anotaciones personales de la propia Díez, o en declaraciones prestadas por distintos protagonistas de la trama. Entre ellas figura una conversación entre el socio de Leire, Javier Pérez Dolset, ante el fiscal Ignacio Stampa. El primero aseguró al segundo que, tras la imputación de Begoña Gómez, "el Presidente" había pedido "que se limpie todo". También consta una anotación atribuida a Leire Díez en la que reflejaba que ella y sus colaboradores llevaban "dos años" intentando acceder al PSOE y que sólo fueron recibidos después de que estallara la causa contra la esposa del jefe del Ejecutivo.

En otro mensaje intervenido por la Guardia Civil, de febrero de 2025, Díez aseguraba que Santos Cerdán le había trasladado un mensaje procedente del presidente. "Ayer le dijo el one a S que me dijera que estoy haciendo un trabajo enorme y que no me venga abajo". La UCO lo interpreta como una referencia a Sánchez y a su entonces secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, 'número tres' del partido. A ello se suma que el juez Pedraz sitúa a este último como la figura de máxima jerarquía de la presunta trama y como la persona que habría puesto a disposición del grupo recursos económicos del partido para financiar las supuestas 'cloacas'.

La exposición razonada al Supremo

El punto de partida es la condición de aforado de Sánchez. Mientras esté en activo, tiene su fuero ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Es decir, como presidente del Gobierno, no puede ser investigado directamente por el juez Pedraz. Ello implica que no puede imputarle formalmente ni dirigir contra él ningún acto procesal de inculpación. Pero sí puede seguir investigando los hechos, practicar diligencias y analizar cualquier información que vaya apareciendo durante la instrucción, siempre que no haya un acto formal de dirección del proceso contra Sánchez, según explican las citadas fuentes a este periódico.

Si en el curso de la instrucción Pedraz llegara a apreciar indicios suficientes de responsabilidad penal contra Sánchez, estaría obligado a elevar al Tribunal Supremo una exposición razonada: un documento en el que el instructor expone los indicios que ha encontrado y solicita al alto tribunal que valore si procede abrir diligencias. En ese momento, la pelota pasaría a la Sala Segunda, que actualmente preside el magistrado Andrés Martínez-Arrieta.

El criterio jurisprudencial de esa sala es "muy restrictivo". No es infrecuente que la también denominada Sala de lo Penal devuelva la exposición razonada al instructor de origen para que complete la investigación antes de pronunciarse. Lo que sí resulta claro es que, para que la Sala admita la causa y nombre un instructor propio, los indicios tienen que estar "potentes y muy atados", en palabras de las citadas fuentes.

El suplicatorio al Congreso

Si la Sala Segunda admitiera la exposición razonada y decidiera abrir diligencias contra Sánchez como aforado, el proceso no terminaría ahí. El artículo 71 de la Constitución establece que durante el periodo de su mandato los diputados y senadores —y por extensión el presidente del Gobierno— no pueden ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara correspondiente. Esa autorización se llama suplicatorio.

El mecanismo es el siguiente, según fuentes expertas consultadas por este periódico. La Sala Segunda solicita formalmente al Congreso de los Diputados que autorice el procesamiento. El escrito llega a la Presidencia de la Cámara, que lo remite a la Comisión del Estatuto de los Diputados para que estudie el caso y emita un dictamen, y se somete al Pleno del Congreso para su votación.

Si se concede, el Supremo puede continuar el procedimiento, designando instructor. Si se deniega, el proceso queda suspendido mientras dure el mandato parlamentario. En todo caso, el suplicatorio no implica una declaración de culpabilidad ni prejuzga el fondo del asunto, únicamente permite o impide que la jurisdicción penal avance, según remarcan las citadas fuentes.

La frontera del testigo

Existe una bifurcación procesal que podría tener consecuencias relevantes. Si Pedraz decidiera citar a Sánchez como testigo —en lugar de como investigado—, la puerta a su posterior imputación en esa causa quedaría comprometida. Según dichas fuentes, no se puede citar como testigo a quien ya existe como potencial investigado, porque el testigo está obligado a decir la verdad y el investigado tiene exactamente el derecho contrario —a no declarar contra sí mismo—. Si ya existen indicios y el juez le cita como testigo, esa declaración sería nula. Y si una testifical genera indicios sobre el propio declarante, el procedimiento obliga a interrumpirla y reconducir la situación a una posición de investigado con garantías plenas.

Sin embargo, las fuentes consultadas apuntan a una lectura práctica: si el juez citara al presidente como testigo en algún momento del procedimiento, lo haría únicamente en un escenario en el que no aprecia indicios suficientes para dirigir la causa contra él. La posibilidad de una reconversión posterior a investigado, en ese contexto, sería "extraordinariamente remota".

Juanfran Serrano, el otro camino al Supremo

Pero también hay otro ángulo desde el que que el asunto podría llegar al Supremo, y que no pasa por Sánchez. Se trata de Juan Francisco Serrano, diputado socialista y figura que aparece en el sumario como alguien que habría colaborado en gestiones concretas de la trama —entre ellas la gestión de empleo para Miriam Serrano y su presencia en la reunión fundacional de Ferraz del 26 de abril de 2024—, mantiene su acta de diputado.

El auto de Pedraz le menciona como alguien respecto del que "aparecen indicios que revelan su colaboración con los investigados en la ejecución de concretos y aislados actos en auxilio de su ilícito plan", aunque el juez reserva para una fase posterior la concreción de su responsabilidad penal.

Si en el desarrollo de la instrucción Pedraz apreciara indicios suficientes contra Serrano y este mantuviera su condición de diputado, estaría obligado a elevar la causa al Supremo por razón de aforamiento, siguiendo el mismo cauce que con Ábalos. "La causa podría llegar antes al Supremo por este aforado antes que por el propio presidente", apunta una de las fuentes expertas consultadas.

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