Política

CONDENA POR LAS TARJETAS 'BLACK'

La Audiencia Nacional frustra el último intento de Rato para evitar entrar en prisión

La Sala de lo Penal considera que la solicitud del ex ministro de aplazar su ingreso le corresponde al Tribunal Constitucional

Fotografía de archivo, tomada el 07/10/2016, del expresidente de Caja Madrid Rodrigo Rato a la salida de la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares. El Tribunal Supremo ha confirmado hoy la pena de cuatro años y medio de prisión impuesta por la Audiencia Nacional a Rato por apropiación indebida continuada en el caso de las tarjetas "black" de la entidad.
Rodrigo Rato, a la salida de la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares. | EFE

El ex presidente de Caja Madrid Rodrigo Rato deberá empezar a cumplir con su condena de cuatro años y medio de cárcel por el caso de las tarjetas black de la entidad antes de este viernes, después de que la Audiencia Nacional haya rechazado suspender su ingreso como el ex ministro había solicitado.

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Según han informado fuentes jurídicas, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal se ha pronunciado en el mismo sentido que hiciera con otros siete condenados, al entender que se trata de una medida que, en todo caso, debería acordar el Tribunal Constitucional.

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De este modo, los magistrados se oponen al escrito del ex vicepresidente y ex ministro, que apuntaba a los "perjuicios irreparables" que le podría ocasionar su encarcelamiento de cara al recurso de amparo que interpondrá antes de finales de noviembre.

Riesgo de fuga inexistente

En concreto, su defensa alegaba la falta de riesgo de fuga y descartaba la posible desprotección de las víctimas al ser supuestos "inexistentes" en este caso "como acredita la actitud procesal" de Rato durante el proceso y la reparación del daño "realizada y garantizada" al haber devuelto los 99.000 euros que desembolsó.

Rato tiene hasta este viernes para presentarse en el centro penitenciario que elija para empezar a cumplir la condena de cuatro años y seis meses de prisión por la comisión de un delito continuado de apropiación indebida, al cumplirse el plazo máximo de diez días hábiles desde que el Tribunal le notificó la orden de ingreso en prisión.

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