Política

La Abogacía del Estado niega legitimidad a la Fundación Franco para recurrir la reinhumación

Los servicios jurídicos del Estado alegan ante el TS que la designación de Mingorrubio por parte del Gobierno para enterrar los restos de Franco no tiene nada que ver con los "fines fundacionales" de la entidad que difunde la vida y obra del dictador

Luis Alfonso de Borbón, el pasado 15 de julio en un acto contra la exhumación del cadáver de su bisabuelo en el Valle de los Caídos.

El presidente de honor de la Fundación Franco, Luis Alfonso de Borbón, el pasado 15 de julio en el Valle de los Caídos. EFE

La Abogacía del Estado considera que la Fundación Nacional Francisco Franco "carece de legitimidad activa" para recurrir el acuerdo por el que el Consejo de Ministros pretende ejecutar la reinhumación de los restos del dictador el próximo 10 de junio en cementerio de El Pardo-Mingorrubio (Madrid) al entender que la decisión combatida no tiene nada que ver con los "fines fundacionales" de la entidad.

Así lo exponen los servicios jurídicos del Estado en un escrito -fechado el pasado 29 de abril y al que ha tenido acceso este diario- en el que piden al Tribunal Supremo que deniegue la suspensión de dicha medida, también solicitada por los nietos de Franco y la comunidad benedictina que rige la abadía del Valle de los Caídos. El alto tribunal tiene que deliberar y decidir si paraliza cautelarmente el traslado de los restos hasta que dicte sentencia.

La Fundación Franco amplió el recurso que ya había interpuesto tras acordar el gabinete de Pedro Sánchez el pasado 15 de febrero su intención de exhumar los restos del dictador -enterrados en Cuelgamuros desde el 23 de noviembre de 1975- pese a no contar con el consentimiento ni de la familia ni de la orden religiosa que se encarga de culto en la basílica del Valle de los Caídos. La entidad que difunde desde 1976 "la memoria y obra" de Francisco Franco combate también ante el alto tribunal la decisión adoptada por el Consejo de Ministros el pasado 15 de marzo, cuando le puso fecha y hora a la exhumación -el 10 de junio a las 10 horas- y designó el lugar donde quiere llevar a cabo la reinhumación: el cementerio de Mingorrubio.

La Abogacía del Estado vuelve a oponerse a la eventual suspensión remitiendo a los argumentos ya expuestos en su escrito anterior, pero añade nuevas razones por las que el Supremo tendría que desestimar la pretensión reforzada de la Fundación Franco.

En relación con la designación del camposanto de Mingorrubio, los servicios jurídicos del Estado consideran que se trata de una "decisión de ejecución subsidiaria" por no haber señalado la familia de Franco un lugar distinto a la cripta de la catedral de la Almudena, de modo que la fundación "carece de legitimación activa por no corresponder la decisión a sus fines fundacionales".

Acuerdo "sin contenido ejecutivo"

Respecto a la decisión del Consejo de Ministros de ordenar los actos necesarios para que la exhumación, traslado y reinhumación de los restos del dictador se lleve a cabo garantizando la "dignidad y y respeto, la intimidad y la libertad religiosa" de los descendientes, la Abogacía del Estado sostiene que la Fundación Franco carece también de legitimación activa por cuanto dicha medida "no tiene contenido ejecutivo".

En un comunicado, la fundación ha anunciado que "en las próximas horas" dará respuesta al escrito del abogado del Estado, al tiempo que llama la atención sobre el hecho de que sostenga de legitimación activa cuando "ha sido parte interesadas en todo el procedimiento administrativo referido a la exhumación del Generalísimo".

"Advertimos, para conocimiento y tranquilidad del público, que ejecutar la exhumación de quien fuera Jefe del Estado español, reconocido por la comunidad internacional, del lugar donde el Rey emérito, D. Juan Carlos, ordenó que fuera enterrado, antes de que el Poder Judicial se haya pronunciado sobre el fondo, sería, entre otros, un delito de prevaricación, que esta Fundación no toleraría y para lo que nuestros servicios jurídicos presentarían las correspondientes acciones procesales", advierte.

La Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo que desestime la suspensión cautelar que han presentado cuatro partes -los nietos del dictador, la comunidad benedictina, la Fundación Francisco Franco y la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos- hasta que entre en el fondo y sentencie, a fin de evitar el "daño irreparable" que la consumación tendría. El alto tribunal podría resolver la pieza de medidas cautelares antes de que el 10 de mayo arranque la campaña de las elecciones municipales y europeas del próximo 26-M.

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