Un juez ha condenado a un joven independentista a tres años y nueve meses por agredir a un hombre que viajaba en el metro de Barcelona con una bandera española tras participar, el 10 de noviembre de 2018, en una manifestación de Jusapol, y a indemnizarle con más de 9.000 euros.
Los hechos ocurrieron poco antes de las 14:00 horas de ese día, cuando la víctima -que no era policía- se disponía a regresar a su casa en metro tras haber participado en una manifestación de la asociación sindical Jusapol, y fue agredido por el acusado por exhibir una bandera española y una gorra.
En su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe a través del despacho de abogados Aranda, Melgar & Tàsies, el juzgado de lo penal número 2 de Barcelona considera probado que Abel M.C, junto a otra persona, los cuales habían participado en una manifestación de signo contrario, siguieron a la víctima hasta la parada del metro de plaza Urquinaona con la "única finalidad de ocasionarle un daño corporal".
"Una vez en el interior de las instalaciones", sostiene el magistrado en su sentencia, el compañero del acusado esperó a que el hombre "se hallara al borde de las escaleras, que se disponía a bajar", para propinarle un "fuerte empujón por la espalda", que hizo que "cayera rondado escaleras abajo hasta impactar frontalmente contra el suelo".
Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió varias lesiones que tardaron en curar 12 días, de los que 5 estuvo incapacitado para su vida laboral, restándole como secuela perjuicio estético moderado valorado en 8 puntos.
En su sentencia, el juez considera que el acusado actuó movido por su "animadversión hacia quienes" muestran "símbolos" como escudos o banderas españolas, como era el caso del hombre agredido.
El juez impone una condena de tres años y nueve meses de prisión -el ministerio público había pedido 4 años y 9 meses en sus conclusiones definitivas-, la prohibición de acercase a la víctima a una distancia inferior a los mil metros de su persona, domicilio o lugar de trabajo, y a comunicarse con él durante un periodo de cinco años.
El juez, además, le condena al pago de 550 euros en concepto de lesiones y a otros 8.500 euros por las secuelas, además de tener que sufragar las costas procesales. La sentencia no es firme y cabe interponer recurso.
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