El pianista James Rhodes, que da nombre a la Ley de protección a la infancia frente a la violencia (Ley Rhodes), aprobada en 2021, ha opinado que el "error" que se ha descubierto en la redacción del texto legislativo, acerca del plazo de prescripción, debería haberse "arreglado hace meses".

"Obviamente ha habido un error en la redacción de la ley. La Justicia debería haber sido consciente de esto mucho antes y arreglarlo hace meses", ha valorado Rhodes, en declaraciones a Europa Press.

El músico considera que es "algo que afortunadamente se puede solucionar rápida y fácilmente" y confía en que se corrija "de manera urgente".

Rhodes, cuyo apellido también da nombre a la ley de infancia, sufrió abusos sexuales durante su infancia y solo se atrevió a hablar cuando ya había superado la treintena. Por ello, celebró que con la nueva ley de infancia en España, se ampliara el plazo de prescripción de estos delitos, de forma que empezara a contar a partir de que la víctima cumpliera los 35 años.

Si bien, ahora se ha localizado una imprecisión en el redactado del artículo 132 de la norma, donde se cita dos veces los delitos contra la libertad de los menores con dos plazos temporales de prescripción distintos.

Así, se especifica en un primer párrafo que para delitos como secuestros, torturas, aborto no consentido, lesiones y contra la inviolabilidad de la imagen o el domicilio el plazo de prescripción empieza a contar a partir de que la víctima cumpla 18 años.

A continuación, se desliza una errata pues se vuelve a repetir el término genérico de delito contra la libertad, justo antes de especificar que se trata de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual, y en ese caso el plazo se fija a partir de que la víctima cumpla 35 años.

Fuentes del Ministerio de Derechos Sociales han confirmado a Europa Press que corregirán la ley de para subsanar esta errata detectada en el texto y evitar confusión sobre los plazos de prescripción de delitos contra la libertad de los menores.