En el extenso Plan Normativo del Gobierno para 2022 ya estaba comprometida una "reforma estructural" de la Ley de Secretos Oficiales que Pedro Sánchez ha anunciado hoy como una de las grandes iniciativas con la que dar respuesta al caso de espionaje Pegasus. Probablemente el portavoz del PNV en el Congreso, Aitor Esteban, haya dado un respingo en su escaño. Han pasado ya dos años desde que los nacionalistas vascos presentaron una proposición de ley en este sentido, en enero de 2020, y desde entonces el trámite parlamentario no ha sufrido más que retrasos, prórrogas y bloqueos auspiciados por los propios socialistas.
Los plazos para presentar enmiendas a este texto han sido alargados sine die bajo el argumento de que el Gobierno quiere presentar un texto propio que nunca llega a la Cámara Baja y que, en caso de no hacerlo como muy tarde a la vuelta del verano, tiene pocos visos de ser una realidad antes de que termine esta legislatura por mucho que se alargue hasta enero de 2024.
La ley "ha quedado desfasada"
El Plan Normativo presentado en su día por el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, señala que la normativa vigente en materia de información clasificada del año 1968, modificada parcialmente en 1978, "ha quedado desfasada, por lo que resulta imprescindible acometer una reforma estructural en la materia. La Ley de Información Clasificada tendrá por finalidad adecuar nuestro ordenamiento jurídico a las necesidades actuales y adaptarlo, asimismo, a los estándares internacionales".
Pero, hasta ahora, Moncloa ha arrastrado los pies. Aitor Esteban se ha hecho eco del anuncio presidencial desde la tribunal del Congreso con bastante escepticismo. Si bien ha dicho "congratularse" en la medida en que demuestra que el PNV "tenía razón" a la hora de apostar por una modificación de la Ley se Secretos Oficiales, ha matizado a continuación que, "en base a la experiencia, hago como Santo Tomás", esto es, ver para creer.
25 años para materias calificadas secretas y 10 para las reservadas
La proposición del PNV aboga por la modificación del artículo 4 de la ley de modo que "toda clasificación de una materia en cualquiera de sus dos categorías fijará el plazo de su vigencia, sin que este pueda exceder de veinticinco años para materias calificadas secretas y de diez años para las calificadas reservadas, salvo que el Consejo de Ministros disponga su prórroga excepcional y motivada, en el exclusivo caso de las materias secretas, por un nuevo período máximo de diez años.»
Eso no afecta al acceso que el Parlamento o la Justicia pueda disponer de materia clasificada.
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