Las 103 joyas halladas por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) en la caja fuerte de la oficina del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero han pasado en apenas unas semanas de ser un conjunto de piezas supuestamente valoradas entre 30.000 y 50.000 euros a convertirse en un patrimonio tasado en cerca de 1,3 millones de euros. La valoración, realizada por la joyería Ansorena con el apoyo del Instituto Gemológico Español, ha reabierto una cuestión que va más allá de la investigación por presunto tráfico de influencias y blanqueo de capitales que dirige la Audiencia Nacional: ¿Qué tratamiento fiscal deberían haber recibido estas joyas?
Según la versión trasladada por el entorno del expresidente, las piezas procederían de herencias familiares y de distintos viajes. Sin embargo, el juez de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, instructor de la investigación sobre el presunto rescate irregular de Plus Ultra, quiere determinar ahora si estos bienes pudieron formar parte de operaciones de blanqueo o de pagos encubiertos. Y, en paralelo, si fueron correctamente declarados ante Hacienda.
¿En qué impuestos debieron declararse?
Rubén Gimeno, secretario técnico del Consejo General de Economistas, explica para este periódico que unas joyas valoradas en 1,3 millones de euros deberían haber formado parte de la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio. "Todos los años tendría que haberlo declarado al cierre del ejercicio", señala.
El experto recuerda que este tributo grava los patrimonios más elevados. Con carácter general, existe una exención de 700.000 euros, a la que se suman hasta 300.000 euros correspondientes a la vivienda habitual. Entonces, a partir del umbral del millón de euros, bienes como inmuebles, acciones, criptomonedas, vehículos o joyas deben incluirse en la declaración.
Aunque la Comunidad de Madrid mantuvo bonificado este impuesto al 100% durante años, la situación cambió en 2023 con la creación por parte del Estado del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Desde entonces, los grandes patrimonios vuelven a estar sometidos en la Comunidad de Madrid a tributación efectiva, por lo que unas joyas de este valor deberían haber sido comunicadas.
Además, la factura fiscal cambia en función del origen de las piezas. Si fueron heredadas o recibidas como regalo, deberían haber tributado también en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. "Cuando recibes una herencia o una donación hay que pagar el impuesto correspondiente", explica Gimeno. El problema aparece cuando no existe documentación suficiente para acreditar ese origen. "Si no puede demostrar que proceden de una herencia o una donación, Hacienda puede imputar una ganancia patrimonial no justificada y exigir que tribute en el IRPF al tipo marginal", añade el economista. En los tramos más altos, esta tributación puede acercarse al 45%.
Sale más caro justificar el origen
Precisamente sobre este último punto, las fuentes consultadas por El Independiente de TaxDown señalan una paradoja fiscal poco intuitiva. Si las joyas fueran consideradas una donación procedente de una persona sin parentesco directo, tendrían que tributar a través del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sin embargo, "desde el punto de vista del contribuyente, es fiscalmente más ventajoso que Hacienda lo considere una ganancia patrimonial no justificada", explican.
Según sus cálculos, una donación de 1,3 millones de euros realizada por un tercero sin vínculo familiar en la Comunidad de Madrid generaría una cuota cercana a los 814.000 euros en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En cambio, si Hacienda calificara las joyas como una ganancia patrimonial no justificada, estas tributarían en el IRPF a un tipo próximo al 47%, con una factura estimada de entre 400.000 y 470.000 euros. "Es decir, paradójicamente, alegar que son un regalo sale casi el doble de caro que no justificar el origen", concluyen desde la plataforma fiscal.
Una multa de hasta 5,7 millones
Asimismo, las estimaciones elaboradas por TaxDown muestran hasta qué punto la factura puede dispararse si las joyas hubieran sido entregadas como regalo por una persona sin parentesco directo y no se hubiera liquidado en el correspondiente Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En ese escenario, explican, la cuota tributaria ascendería a 814.000 euros.
La cifra resulta relevante porque supera ampliamente el umbral de 120.000 euros que marca el Código Penal para apreciar un posible delito fiscal. Según los cálculos de la plataforma, si Hacienda actuara por la vía administrativa, la sanción oscilaría entre 407.007 euros y 1,22 millones, a los que habría que sumar cerca de 100.000 euros en intereses de demora. En conjunto, la multa económica se movería entre 1,3 y 2,1 millones de euros.
No obstante, las fuentes de TaxDown consideran que el escenario más probable sería la vía penal prevista en el artículo 305 del Código Penal. En ese caso, a la cuota presuntamente defraudada de 814.000 euros habría que añadir una multa de entre una y seis veces dicha cantidad, es decir, entre 814.000 euros y 4,88 millones de euros, además de una posible pena de prisión de entre uno y cinco años. La exposición económica total se situaría así entre 1,6 y 5,7 millones de euros.
Por ahora, todas estas hipótesis dependen de una cuestión que sigue sin respuesta: de dónde proceden realmente las joyas. Esta es una de las incógnitas que el juez José Luis Calama pretende despejar en las próximas semanas y sobre la que previsiblemente tendrá que pronunciarse el expresidente cuando comparezca ante la Audiencia Nacional. De la documentación que pueda aportar para acreditar el origen de las piezas dependerá no solo la evolución de la investigación por presunto blanqueo de capitales, sino también las posibles consecuencias tributarias derivadas de su posesión.
2 Comentarios
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hace 23 segundos
Tienes razón, Ensaes, ya que como dijo el entorno de ZP son de una o varias herencias, suegra, tía, y alguien más. Quizás fallecieron hace unos días. Lo acreditará con el Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos y documento patrimoniales. Vamos a darlo por supuesto, también.
hace 43 minutos
En el articulo se dan por supuestas cosas que no se saben. Por ejemplo, no se sabe desde cuando Zapatero tiene esas joyas. Si fueran un ingreso de 2026, no tendría que declararlas hasta 2027, es decir, no habría delito fiscal.
Tambien podría ser que estuviera custodiando las joyas a alguien.
Lo que realmente tiene dificil Zapatero es justificar el origen licito de ese ingreso, ese es su verdadero problema a mi entender.