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El Supremo avala hacer fijos a los interinos que aprobaron oposición pero se quedaron sin plaza

El Supremo fija la indemnización como regla y limita la fijeza a un único supuesto

El Supremo avala hacer fijos a los interinos que aprobaron oposición pero se quedaron sin plaza
Fachada del Tribunal Supremo | Europa Press

El Tribunal Supremo ha despejado una de las principales incógnitas abiertas tras el último fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el abuso de la temporalidad en el empleo público: los interinos solo podrán convertirse en fijos de forma automática en un supuesto concreto, cuando hayan superado un proceso selectivo para personal fijo pero no obtuvieran plaza porque el número de aspirantes aprobados era superior al de vacantes ofertadas.

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En una sentencia de pleno fechada el 11 de mayo de 2026, adelantada este martes mediante nota de prensa, la Sala de lo Social establece que, si posteriormente este trabajador encadena contratos temporales y se produce un abuso de la temporalidad, "no resulta contra legem (contra ley) la conversión de ese contrato en una relación laboral fija", ya que sí accedió al empleo público conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad.

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Precisamente este era el caso analizado por el alto tribunal. La trabajadora afectada había superado el proceso selectivo y, tras sufrir posteriormente abuso de temporalidad, el Supremo ha concluido, finalmente, que "su relación laboral es fija".

Fuera de este supuesto, el tribunal rechaza que los interinos adquieran automáticamente la condición de fijos solo por haber sufrido abuso de temporalidad. La sentencia argumenta que la contratación temporal de personal laboral por parte de las Administraciones públicas sin haber superado un procedimiento de acceso al empleo público sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad no permite esa conversión directa porque se vulnerarían la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público.

Además, advierte de que ello impediría "el acceso al empleo público de los restantes ciudadanos". Por tanto, solo aquellos interinos que hayan superado una prueba selectiva para acceder a una plaza fija —aunque finalmente no obtuvieran destino por falta de vacantes— podrán ver convertida su relación laboral en fija si se acredita que ha sufrido abuso de la temporalidad posteriormente.

Sin fijeza general: la reparación será una indemnización

La resolución llega después de que el pasado 14 de abril el TJUE fallara a favor de los interinos al considerar que España no sancionaba adecuadamente el abuso de la temporalidad en el sector público y cuestionaba la figura del indefinido no fijo, al entender que mantenía "la situación de precariedad del trabajador afectado".

Sin embargo, desde Luxemburgo matizaron que la valoración definitiva sobre si el sistema español cumplía con las exigencias europeas quedaba en manos del Tribunal Supremo. Ahora, el alto tribunal español fija como medidas adecuadas para "prevenir y reparar el abuso en la temporalidad" el pago de una indemnización conforme a los criterios del TJUE y la remisión de la sentencia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que se inicie el correspondiente procedimiento sancionador contra la Administración responsable.

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